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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decretado firme la sentencia dictada el pasado 6 marzo anulando dos artículos del primer protocolo anticontaminación puesto en marcha por el Gobierno de Manuela Carmena en 2015, al no haberla recurrido el Ayuntamiento. Una situación que puede dar lugar a que se tengan que anular miles de multas interpuestas desde esa fecha hasta la publicación de la Ordenanza de Movilidad, en octubre de 2018.

Lo que hace el Tribunal Superior de Justicia de Madrid es anular los dos artículos del protocolo que establecían que las medidas anticontaminación entraban en vigor de forma inmediata y se comunicaban solo a través del boletín del Ayutamiento, su web o redes sociales.

En el aire estarían miles de multas por la restricción a 70 km/hora y de aparcamiento en zona ORA.

Para el Ayuntamiento de Madrid, esta sentencia tendrá un impacto mínimo. Sostiene que las multas no son revocables.

En cambio, las empresas de gestión de multas recomiendan el recurso a través de una revisión de oficio. La sentencia determina que no hay impedimentos para examinar las sanciones.