Bolaños asegura que no cambian “nada” las cuestiones prejudiciales tras lo pactado con Junts
Uno de los puntos más polémicos en el pleno celebrado este miércoles en el Senado era el cambio exigido por los independentistas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal
El Partido independentista exigió suprimir el artículo, el 43bis, que afectaría la amnistía, ya que recoge la suspensión de las normas recurridas ante la Justicia europea
Uno de los puntos más polémicos en el pleno celebrado este miércoles en el Senado era el cambio exigido por los independentistas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y Junts también ganó el pulso al gobierno.
El Partido independentista exigió suprimir el artículo, el 43bis, que afectaría la amnistía, ya que recoge la suspensión de las normas recurridas ante la Justicia europea.
El ministro Bolaños defendía el 28 de diciembre que eso no podía hacerse porque ese artículo es una exigencia de la UE. Hoy, una vez decidida la desaparición de ese artículo, el ministro asegura que no tenía sentido que estuviera en el decreto.
Bolaños minimizó este jueves la repercusión la supresión del artículo 43bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil pactada con Junts porque “no cambia nada”.
El asunto de las cuestiones prejudiciales, explicó Bolaños en una entrevista en TVE recogida por Servimedia, “no cambiaba con esa disposición y no cambia ahora cuando se produzca la enmienda”.
EL titular de Presidencia reiteró lo que dijo hace unas semanas de que había un “compromiso” con Bruselas y que la Comisión Europea solicita que “incorporemos una jurisprudencia absolutamente pacífica y europea”.
Si bien explicó que eso alude a la “reforma” de la justicia aprobada en el decreto que se convalidó y que supone un “paso de gigante” para que la justicia en España sea “más ágil y digital y moderna”. “Ese es el compromiso y no una disposición concreta”, apuntó Bolaños sobre la cuestión de las cuestiones prejudiciales que ahora han pactado su eliminación con Junts.
Más allá de que exista o no esa disposición, Bolaños aseguró que cuando se eleva una cuestión prejudicial, se detiene el proceso judicial porque así lo marca de “manera pacífica” y “clara” tanto el Tribunal Europeo como el Tribunal Supremo.
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