Cuenta atrás para el cierre de Madrid a las 22 horas de este viernes en medio del desconcierto general
La capital y los nueves municipios de más de 100.000 se convierten en territorio prohibido para no residentes. Desde las 22 horas de este viernes, según ha anunciado el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, se echa el candado y no se podrá ni salir ni entrar de ellas salvo causa justificada. Una medida que afecta a casi cinco millones de madrileños.
Además de a la movilidad, las medidas afectan al aforo y a los horarios de hosteleros y comerciantes. Se prohibirá el consumo en barra con el cierre de Madrid y los 9 municipios. A partir de mañana sábado cambian las cosas que se pueden hacer y las que no, porque ya no se limitan a las áreas de salud establecidas.
Estas restricciones han provocado confusión entre los madrileños qué no saben exactamente a qué atenerse, por ejemplo, los de Puente de Vallecas que están dentro del área de sanidad establecida por la Comunidad y ahora no saben si siguen con estas normas o pasan a adoptar las que entran en vigor esta noche de viernes.
Excepciones a las restricciones
Entre las excepciones a las restricciones de movilidad también se cuenta el retorno al lugar de residencia habitual, la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables o el desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse.
Asimismo, quedan excluídas las actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales, las renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables, la realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables y, por último, cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Desplazamientos internos
La orden establece que los habitantes del municipio afectado podrán desplazarse por dentro del mismo y que se podrá atravesar los municipios siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos.
En este contexto, el acuerdo también fija en un tercio el aforo máximo en los lugares de culto. Para los velatorios, el límite queda fijado en hasta 15 personas al aire libre y en 10 en espacio cerrado, sean o no convivientes. Para los crematorios o los entierros, el máximo queda en 15.
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