Tras el parón por la crisis del coronavirus este lunes se ha retomado el juicio del que fuera Mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero, durante el 1-O. Desde Barcelona ha escuchado Trapero cómo la Fiscalía ha cambiado de criterio tras la sentencia del Supremo y rebaja su petición a 10 años de cárcel. El fiscal propone también una alternativa de 1 año y 8 meses de inhabilitación por desobediencia.
De un delito de rebelión a uno de sedición
La Fiscalía de la Audiencia Nacional rebaja su acusación de un delito inicial de rebelión a uno de sedición por el que pide una condena de 10 años de prisión. Pero además, plantea como alternativa una condena por desobediencia, delito que conlleva penas de multa e inhabilitación, pero no de cárcel.
Esta es la calificación definitiva de los hechos que ha hecho el fiscal Miguel Ángel Carballo en las últimas sesiones de la vista oral que ha juzgado a Trapero y a la cúpula de los Mossos durante el proceso independentista catalán. El Ministerio Público, por tanto, ha seguido el criterio marcado en la sentencia del Tribunal Supremo que condenó el otoño pasado a los líderes independentistas por sedición.
Rebaja de penas
De este modo, la Fiscalía pide para Trapero 10 años de prisión y 10 de inhabilitación absoluta, "con la consiguiente privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga el penado, aunque sean electivos, e incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros honores, cargos o empleos publicos y la de ser elegido para cargo público durante el tiempo de la condena".
Solicita la misma pena para el ex secretario general de Interior de la Generalitat de Cataluña César Puig y el exdirector de los Mossos Pere Soler. A los tres, el fiscal les considera "autoridad", en virtud del artículo 545 del Código Penal, por los cargos que ejercieron durante el 'procés'.
En cuanto a la cuarta acusada en este juicio, la intendente de los Mossos Teresa Laplana, quien ha estado acusada todo el proceso de un delito de sedición y se enfrentaba a 4 años de cárcel, el fiscal mantiene esta misma petición de condena, además de "4 años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos, en concreto el cargo y la función de policía, así como aquellos que sean electivos, ya sean de ámbito estatal, autonómico o local, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito estatal, autonómico o local".
Inhabilitación como alternativa
El Ministerio Público introduce en sus conclusiones definitivas una alternativa en caso de que el tribunal no encuentre probado el delito de sedición.
Así, para Trapero, Puig y Soler plantea una condena por un delito de desobediencia, con multa de 60.000 euros e "inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos --en el caso del mayor para la función de policía-- así como aquellos que sean electivos, ya sean de ámbito estatal, autonómico o local, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito estatal, autonómico o local, por tiempo de 1 año y 8 meses".