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La defensa de Jorge Ignacio Palma, el hombre condenado a penas que suman 159 años y 11 meses de prisión por los crímenes de Marta Calvo, Arliene Ramos y Lady Marcela Vargas y los asesinatos intentados de otras siete mujeres, insiste en su inocencia y ha subrayado que se le condenó "por una parafernalia", por "hipótesis, conjeturas y sospechas".

La abogada de Palma ha defendido este martes en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) su recurso de apelación contra la sentencia que condenó a su representado, quien este martes ha sido trasladado de prisión hasta las instalaciones judiciales, a raíz del veredicto de culpabilidad de un jurado popular. Frente a sus argumentos, las acusaciones, inclusive el ministerio fiscal, han reiterado la condena y, en concreto, las acusaciones particulares han reclamado la prisión permanente revisable.

La Audiencia condenó a Palma como autor de un delito contra la salud pública (cinco años de prisión); otro contra la libertad e indemnidad sexuales (dos años y cinco meses de cárcel); seis delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso con seis intentos de asesinato (14 años de cárcel por cada uno de ellos) y otros tres delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso con tres asesinatos consumados (22 años y diez meses de cárcel por cada uno).

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La defensa ha comenzado su intervención afirmando que a su cliente se le ha condenado "sin base probatoria". Al respecto, ha cuestionado tanto el delito contra la salud pública como el de integridad moral o los asesinatos.

En relación con el asesinato de Marta Calvo, la letrada ha manifestado que es "increíble" lo que se recoge en la sentencia para llegar a la condena: "En el objeto del veredicto se indica que se condena pese a no tener pruebas, concluyen que la muerte se ha podido producir por intoxicación, afirman que existe la posibilidad..."

A su entender, "una condena por asesinato, cuando no se puede decir cómo se ha producido la muerte ni por qué, no se puede fundamentar". En este sentido se ha referido a una sentencia del Supremo para afirmar que "el carácter odioso de hechos denunciados no puede determinar una degradación del hecho constitucional". "Entiendo que en este caso hay hechos odiosos pero estamos en un procedimiento penal y no podemos fundamentar la sentencia condenatoria sin pruebas legales y establecidas en el ordenamiento jurídico", ha agregado.

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"A Jorge, ha agregado, se le ha condenado porque ha habido una parafernalia y muchos medios de comunicación, pero a lo largo del procedimiento, de los 32 días de juicio, no ha habido ni una sola prueba de que los hechos los hubiera cometido él".

En cuanto al delito contra la salud pública, la defensa ha lamentado que se le haya condenado "sin sustancia alguna" y sin practicarse ningún tipo de análisis. "Tampoco se ha hecho ninguna prueba tendente a demostrar que la droga hallada fuera de Jorge ni que la hubiera llevado él a ninguna casa", ha añadido.

Respecto a los delitos de abuso sexual y contra la integridad moral, la letrada ha recordado que "todas" las mujeres accedieron a las prácticas sexuales y ha subrayado que "no ha quedado demostrado que la intención de Jorge fuera matar".

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"Es más, ha añadido en la sentencia se recoge que a una de las víctimas intentó reanimarla. "Qué intención de matar había? ¿Dónde está demostrada la intencionalidad?", se ha preguntado. "Ha habido muchas contradicciones sangrantes", ha insistido.

Así mismo, ha expuesto que no hay delito por contratar a prostitutas para mantener relaciones pactadas: "Aquí todos somos adultos y es público y notorio que con una pareja una persona puede hacer lo que quiera pero con parejas de pago puede hacer otras prácticas sexuales. Y no es delito", ha destacado.

PRÁCTICAS "DENIGRANTES"

Las acusaciones han impugnado el recurso de la defensa y han coincidido en la culpabilidad de Palma. En un primer turno, la fiscal ha destacado las afirmaciones de las víctimas, su contundencia y persistencia en el tiempo. Ha subrayado que todas coincidieron en que el condenado les proponía una fiesta blanca y que luego "no hacía eso", sino que durante el acto sexual les introducía la cocaína por las partes íntimas.

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"Jorge Ignacio cometió prácticas denigrantes, abusivas y se aprovechaba de las víctimas", ha dicho, para agregar que en estos casos hubo un agravante de género: "Las mujeres eran contratadas para una fiesta blanca y luego les hacían lo que no pensaban. Con un comportamiento machista. Se eligió a estas mujeres por ser vulnerables y se les trató como a un mero objeto", ha apostillado. "La sentencia es contundente y pedimos la confirmación de la misma", ha reclamado.

Por su parte, el abogado Juan Carlos Navarro, en representación de las familias de Arliene y de Lady Marcela, fallecidas, y de otras seis de las supervivientes ha modificado su recurso y ha rebajado su petición inicial de tres a dos condenas de prisión permanente revisable: una por el asesinato de Marta Calvo, al considerarse el tercero perpetrado.

El letrado, tras afirmar que la defensa ha hecho una revisión de hechos probados "basada en una interpretación subjetiva", ha añadido que en este supuesto hay una diferencia espacio-temporal entre las muertes y no una voluntad de acción del condenado de matar ahora y pasado mañana. "Hablamos de un asesino en serie que actúa a lo largo del tiempo", ha añadido.

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Por otro lado, el abogado del padre de Marta Calvo también ha reclamado la prisión permanente revisable para el condenado y ha defendido, así mismo, que se cometió un delito contra la integridad moral por ocultar el cadáver de Marta: "Se ha atentado contra la dignidad y hay un trato degradante hacia los padres de Marta, que han soportado escuchar cómo el condenado explicaba cómo descuartizó a la joven y esparció sus restos", ha apostillado.

Por su parte, la letrada de la madre de Marta Calvo, que ha destacado el valor del discurso de las víctimas en cuanto a la droga, ha lamentado que respecto del cadáver de Marta, el condenado se encargara de ocultar pruebas: "Lo que sí es cierto es que lo hizo él", ha dicho.

"Tras 21 días fugado tuvo tiempo de pensar en una coartada y una defensa, ha añadido. Reconoció que la descuartizó porque se la encontró fría, muerta, y le entró el pánico. Era la primera vez que alguien fallecía en su casa. Pero no pudo desmembrarla, tal y como corroboran informes y testigos. No la descuartizó y, lo que hizo con sus restos, solo él lo sabe", ha apostillado.

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Esta parte también ha aludido al delito contra la integridad moral ante la negativa del condenado a decir dónde está el cuerpo de Marta y ha reclamado más indemnización para los padres, que la Audiencia fijó en 70.000 euros a repartir entre los dos.

La última parte en intervenir ha sido el letrado de Irene, una superviviente, que ha pedido que se confirme la condena de la Audiencia y ha subrayado: "Palma usaba a las drogas como arma y a las mujeres como objeto". El caso ha quedado visto para sentencia.