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Nueve agentes de la Policía Nacional pendientes de juicio acusados por cargas durante el referéndum del 1-O en Barcelona han pedido que se les aplique la Ley de Amnistía que entró en vigor el martes y se archive la causa para ellos, ya que "en ningún caso" participaron en actos de torturas y tratos inhumanos o degradantes, que son los casos excluidos.

Los nueve agentes forman parte de la causa del Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona donde hay 45 policías procesados por cargas en la ciudad. La defensa de los agentes considera que sus casos se enmarcan en los supuestos de la Ley de Amnistía y considera que la exclusión de los delitos de torturas se refiere a hechos "mucho más graves" que los delitos de lesiones que se atribuyen a estos policías.

En el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, los abogados Javier Aranda Guardia y Sandra Melgar Rodríguez plantean al amparo del artículo 9 de la Ley Orgánica 1/24 de Amnistía la "extinción de responsabilidad criminal" para los agentes que actuaron el dispositivo del 1-O en el IES Pau Claris, CEIP Ágora y las escolas Dolors Monserdà, Posperitat, Infant Jesús y Mediterránea.

TORTURAS, "EN NINGÚN CASO"

La defensa de los policías entiende que los agentes que piden ser amnistiados no incurrieron en los delitos excluidos de la ley aprobada esta semana en el BOE, puesto que "en ningún caso" participaron en "actos de torturas y de tratos inhumanos o degradantes".

"No existe fundamentación para concluir que las conductas de mis representados son incardinables en ninguno de los dos artículos del código penal (173 y 174), pero para el supuesto que pudiera existir una futura o hipotética acusación en este sentido, no sería válida al haber incluido por la norma conductas como las investigadas en este proceso entre los actos amnistiados y, por lo tanto, imposible su tipificación mediante ulterior acusación", añaden.

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El escrito, registrado al margen de las estrategias de defensa de los sindicatos de la Policía Nacional, recuerda que el procedimiento contra los agentes se encuentra en fase de instrucción y que la Ley de Amnistía prevé en este caso el "sobreseimiento libre, previa audiencia del Ministerio Fiscal y de las partes".

USO DE LA FUERZA EN SU MÍNIMA EXPRESIÓN

Además, los abogados de los policías citan el preámbulo de la ley, puesto que indica que la amnistía "no pretende la criminalización de un colectivo de funcionarios que intervinieron, en prácticamente casi la totalidad de casos, en la defensa del ordenamiento, así como con la proporcionalidad y mesura necesaria en defensa de la legalidad" pese a contar "escasos medios para evitar la acción de miles de ciudadanos congregados en los centros de votación".

La defensa de los policías subraya, además, que los agentes están procesados "por meras fotografías, sin acreditar su autoría, o por una aplicación del uso de la fuerza en su mínima expresión, de más que dudosa ilicitud, ya no penal sino incluso administrativa".

Además, pide que se tenga en cuenta que las responsabilidades civiles de las conductas despenalizadas "podrían ser reclamadas por los lesionados en procesos de responsabilidad patrimonial contra la Administración Pública".

La ley de amnistía pueda afectar, aproximadamente, a 82 causas penales que se encuentran actualmente en tramitación en las que están encausadas 486 personas, según los datos facilitados por la Fiscalía General del Estado.