Escuelas Católicas ha enviado este viernes un mensaje de tranquilidad y prudencia a las familias de los centros concertados y a los propios centros ante la posibilidad de que las aportaciones voluntarias no pueden considerarse donaciones y, por tanto, no serían susceptibles de desgravación. "La Agencia Tributaria no ha comunicado nada en cuanto a modificaciones de criterios. Todo esto proviene de unos pocos casos en alguna comunidad autónoma y de la advertencia que lanzó ayer el Registro de Economistas y Asesores Fiscales", ha explicado a Europa Press el secretario general de Escuelas Católicas, José María Alvira.
Según ha indicado Alvira, "todo el revuelo que se ha organizado proviene de ahí y no de ningún aviso oficial de la Agencia Tributaria" del que tengan constancia. "De momento, recomenzaría a todo el mundo calma. Vamos a seguir atentos a esta situación y a tratar de averiguar qué es lo que está pasando", ha apostillado.
El director del servicio de estudios del REAF del Consejo General de Economistas (CGE), Rubén Gimeno, indicó el jueves que la Agencia Tributaria había empezado a exigir la devolución de las deducciones como donaciones realizadas por algunos padres en sus declaraciones de la renta por los pagos mensuales de la escolarización de sus hijos en colegios concertados al entender que hay una contraprestación y no un donativo en dichos pagos. Gimeno detalló un caso concreto sucedido en el Principado de Asturias, en el que la delegación de la AEAT ha considerado que el donativo no es tal al haber una "contraprestación", e indicó que se han dado casos similares en otras provincias.
En este sentido, Escuelas Católicas ha asegurado que las aportaciones voluntarias o donaciones realizadas por las familias son "perfectamente legales y compatibles con el régimen de conciertos, siempre que cumplan lo previsto en el Artículo 88 de la LOE (voluntarias y no destinadas a sufragar servicios financiados por el concierto educativo)".
Asimismo, la organización ha manifestado que dichas aportaciones voluntarias pueden ser objeto de desgravación fiscal por parte de los donantes, siempre que cumplan los requisitos previstos en la Ley 49/2002 de Mecenazgo. "Conviene señalar que no se ha producido ninguna modificación de dicha ley y que la Agencia Tributaria ha admitido desde hace casi 20 años dichas deducciones con carácter general", ha recalcado.
Escuelas Católicas ha anunciado que llevará a cabo "las actuaciones necesarias con las administraciones públicas para clarificar una situación que, de confirmarse, supondría un grave prejuicio para muchas familias y otra vuelta de tuerca injustificada contra la enseñanza concertada".