En España hay 617.000 personas con esta profesión; de ellas, 410.000 están afiliados. El resto, trabajan al margen de la Seguridad Social, es decir, una de cada tres empleadas del hogar siguen cobrando en negro y sin prestaciones. Y es empleadas porque así lo refleja un estudio de la Fundación Alternativas, que revela también que el 89% son mujeres, la mayoría de origen extranjero, lo que dadas sus peores condiciones laborales podría suponer una discriminación.
Las empleadas del hogar cobran un salario equivalente al 44% de la media de la economía y su sistema no contempla prestaciones por desempleo y permite el despido sin causa, incluso para embarazadas. Añade que muchas trabajadoras del hogar no lograrán cumplir los requisitos para obtener una jubilación contributiva debido, precisamente, a que el régimen especial facilita períodos de desempleo que merman las carreras de cotización.
La normativa lleva posponiéndose desde el 2012
Es el reto que debe afrontar el próximo Gobierno encontrar antes de 2021 una solución para el principal problema, implementar su protección por desempleo. Desde que se creó en 2012, el sistema especial de empleadas del hogar sigue teniendo características propias que lo diferencian del Régimen General. Los Presupuestos Generales del Estado de 2018 recogían una enmienda del PP con la que se ampliaba a 2023 el plazo para su equiparación total, si bien el actual Gobierno recortó posteriormente a 2021 el periodo transitorio.
Las cotizaciones actuales
Cuenta con un tipo de cotización por contingencias comunes del 28,3% (el 23,6 % a cargo del empleador y el 4,7%, del empleado) y con uno por contingencias profesionales del 1,5%, exclusivamente del empleador. Su equiparación con el régimen general implicaría, además de la obligación de cotizar por desempleo (al 7,05 %, de los que el 5,5 % son a cargo del empleador y el 1,55 % del empleado), también por el Fogasa (0,2 % a cargo del empleador) y por formación profesional (0,7 %, de los que el 0,6 % son costeados por el empleador y el 0,1 % por el trabajador). Asimismo, una vez entre en vigor, la cotización a la Seguridad Social se llevará a cabo en función de los ingresos reales del trabajador y no teniendo en cuenta unos tramos salariales.
Las inspecciones, imposibles de aplicar
Según explica a la presidenta del sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Ana Ercoreca, tener una empleada de hogar trabajando en casa sin estar dada de alta es considerado como infracción grave (con multas desde 3.126 a 10.000 euros) o muy grave (de 10.000 a 187.515 euros) si el trabajador está percibiendo una pensión o prestación incompatible con el trabajo. Pero resulta imposible hacer inspecciones debido a que se tratan de propiedades privadas.