Tres meses después del juicio, este jueves hemos conocido la sentencia por los atentados de Barcelona y Cambrils que causaron 16 muertos y más de un centenar de heridos
La Audiencia Nacional ha condenado a penas de 53, 46 y 8 años de cárcel por delitos de organización terrorista a tres miembros de la célula yihadista. Pero les absuelve de los homicidios en grado de tentativa que reclamaban las acusaciones, al entender el tribunal que ninguno tuvo una participación directa en la masacre.
La sentencia por la que la Audiencia Nacional ha condenado a tres supervivientes de la célula que perpetró los atentados yihadistas del 17 de agosto de 2017 en Cataluña, en los que fallecieron sus autores directos, admite que las víctimas han sido "las grandes olvidadas" durante la instrucción de esta causa.
Las acusaciones en esta causa, entre ellas la Asociación Víctimas del Terrorismo, pretendían que estos tres acusados, o al menos los dos principales -Mohamed Houli, quien resultó herido en la explosión en Alcanar (Tarragona), y Driss Oukabir, quien alquiló la furgoneta del atropello en Las Ramblas de Barcelona-, fuesen procesados como coautores de las 16 muertes y de los 140 heridos que se produjeron en los atentados del 17A.
Tanto los dos jueces que instruyeron la causa -Fernando Andreu primero y José Luis Calama después- como la Fiscalía se opusieron a ello y finalmente la Sala de lo Penal, al resolver los recursos, avaló la decisión el procesamiento, si bien dejó la puerta abierta a las acusaciones a dirigirse su acción también por esos delitos, lo que así hicieron, y la AVT pidió prisión permanente revisable para dos de ellos.
Ahora, la sentencia, si bien condena a penas ligeramente superiores a la solicitadas por la Fiscalía para esos dos acusados, rechaza condenarles por las 16 muertes y 140 heridos que se produjeron el 17A como pedían las acusaciones.