Bombos de la Lotería de Navidad |
(Actualizado

Se acerca la Lotería de Navidad 2020 y volvemos a estar pendientes de que nos toque el tan ansiado Gordo del 22 de diciembre. El sorteo repartirá este año un total de 2.408 millones de euros en premios, 28 millones más que el año anterior.

Quien gana siempre también en el sorteo es Hacienda, aunque este año menos, ya que sube el importe exento a 40.000 euros, cuando en 2019 era de 20.000. Por encima de esa cantidad, Hacienda se lleva lo mismo, el 20%.

Este impuesto se aplica en forma de retención, es decir, que la propia Selae detraerá del premio -ya sea décimo, fracción o cupón de lotería- el gravamen correspondiente en el momento del pago, de manera que los ganadores no tendrán que realizar ningún trámite adicional.

De acuerdo a la normativa actual, están exentos del gravamen especial de loterías todos los premios inferiores a 40.000 euros, mientras que los que superan ese importe, además de identificar al ganador, tendrán que tributar, como decíamos anteriormente, con un tipo del 20% en la parte que exceda esta cifra.

Estos son los datos que tienes que tener en cuenta si tienes algún premio importante:

  • Si ganas el tan ansiado Gordo, dotado con 400.000 euros al décimo, quedan exentos los primeros 40.000 euros y se tributa por los 360.000 restantes, de manera que Hacienda se quedaría con 72.000 euros y el ganador, con 328.000 euros. Se gana 20.000 euros por cada euro jugado.El número anterior y posterior al primer premio reciben 2.000 euros por décimo.
  • Para un segundo premio de 125.000 euros al décimo (6.250 euros por euro apostado), se tributaría al 20% sobre los 85.000 euros no exentos: Hacienda se quedaría con 17.000 euros y el ganador percibiría 108.000 euros.Los portadores de décimos con el número anterior y posterior a este segundo premio reciben 1.250 euros.
  • Los ganadores del tercer premio (50.000 euros por décimo) se les descontarán 2.000 euros. Así, por un décimo premiado se llevarían 48.000 euros. Aquí se gana 2.500 euros por euro jugado.De igual forma, el número anterior y posterior reciben 960 euros por décimo.
  • Los dos cuartos premios (20.000 euros cada uno por décimo; 1.000 por cada euro jugado) no tienen gravamen y se reciben íntegros. No se premian números anteriores y posteriores.
  • Existen ocho quintos premios, cuyos ganadores reciben 6.000 euros por décimo, lo que significa 300 euros por cada euro en juego. Tampoco se premian números anteriores y posteriores al quinto premio.

    Los premios más habituales y repartidos son la pedrea y el reintegro. Con la pedrea se reparten 1.794 premios de 100 euros el décimo, lo que corresponde a 5 euros por euro jugado.

    El reintegro, por su parte, con 8.499 premiados, devuelve los 20 euros que cuesta el décimo en aquellos cuyo número final coincida con el del Gordo.

    Premios compartidos

    La Agencia Tributaria explica que cuando los premios sean compartidos con amigos o familiares, los 40.000 euros exentos de tributación se tienen que repartir proporcionalmente a la participación de cada uno.

    Quien se encargue de esta tarea figurará como beneficiario único o gestor de cobro y deberá estar en condiciones de acreditar ante la Agencia Tributaria que se ha efectuado el reparto y de identificar a todos los ganadores.

    Declaración de la Renta

    Los premios no tienen ningún impacto en el IRPF de los agraciados, quienes solo tendrán que añadir en su Declaración de la Renta los posibles rendimientos que el dinero conseguido les pudiera generar, como los intereses bancarios. Gestha aclara que a los premiados no les afectará a la hora de pedir becas, prestaciones de asistencia u otras ayudas públicas que dependan de los ingresos y no del patrimonio, ya que la cuantía del premio no se incluye en la base general del IRPF, ni en la del ahorro. Sin embargo, sí hay que tenerlo en cuenta a efectos del Impuesto sobre Patrimonio.

    Desde 2013, los premios de loterías del Estado, comunidades autónomas, Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), Cruz Roja Española y entidades análogas europeas por encima del mínimo exento -de 2.500 euros hasta 2017, 10.000 euros en 2018, 20.000 euros en 2019 y 40.000 euros en 2020- están gravados con un 20% del IRPF.