La Unión Europea obliga a indemnizar a los contratos temporales igual que a los fijos

  • La justicia europea ve ilegal encadenar contratos temporales
  • CCOO y UGT piden una reforma urgente de la legislación para adaptarla al fallo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado que España no puede discriminar en las indemnizaciones por despido a trabajadores fijos y temporales, de forma que ambas categorías de asalariados deberán recibir una compensación económica de 20 días por año trabajado.

La sentencia exige a los tribunales españoles que reconozcan a ambos tipos de empleados por igual, mientras que la norma vigente en España hasta ahora estipula que los trabajadores temporales deben ser indemnizados con entre 8 y 12 días de sueldo por año de servicio, o nada en el caso de que sean interinos.

LOS ARGUMENTOS DE LA SENTENCIA

"El mero hecho de que este trabajador haya prestado sus servicios en virtud de un contrato de interinidad no puede constituir una razón objetiva que permita justificar la negativa a que dicho trabajador tenga derecho a la mencionada indemnización", sostiene el fallo de la corte europea.

La sentencia, que no admite apelación, da la razón a una trabajadora del Ministerio de Defensa, Ana de Diego Porras, y concluye que la interpretación jurídica de las indemnizaciones a los interinos es aplicable también a los temporales.

"Por lo que respecta a las condiciones de trabajo, no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas", dice el fallo, con fecha del 14 de septiembre.

Los magistrados europeos consideran que la legislación española se opone a la cláusula 4 del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, que figura en el anexo de una Directiva de 1999 sobre el trabajo de duración determinada.

Ello es así porque, señalan, deniega cualquier indemnización por finalización de contrato al trabajador con contrato de interinidad, mientras que permite la concesión de tal indemnización, en particular, a los trabajadores fijos comparables.

El mero hecho de que este trabajador haya prestado sus servicios en virtud de un contrato de interinidad no puede constituir una razón objetiva que permita justificar la negativa a que dicho trabajador tenga derecho a la mencionada indemnización, dice el fallo.

VALORACIONES

CCOO considera que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es una "buena sentencia", que pone "negro sobre blanco" el principio de igualdad en las relaciones laborales. El secretario de Acción Sindical de CCOO, Ramón Górriz, ha recordado que la sentencia, que en España afecta a cuatro millones de trabajadores temporales, "deja muy claro" que la legislación española tiene que cambiar para evitar la discriminación que existe en la normativa laboral.

La secretaria de Políticas Sociales y Empleo de UGT, Mari Carmen Barrera, ha considerado que la sentencia "enmienda la plana" a la reforma laboral de España. La responsable de UGT ha insistido en la satisfacción "máxima" del sindicato, dado que la sentencia pone de manifiesto una discriminación legal existente en el ordenamiento jurídico español, vía reforma laboral.

El portavoz de Empleo del PSOE en el Congreso de los Diputados, Rafael Simancas, interpretó que la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE contra las indemnizaciones por despido en los contratos temporales avala las propuestas del partido en materia laboral.

Simancas señalo que "la sentencia del Tribunal Europeo viene a confirmar aquello que el PSOE lleva tiempo planteando, la necesidad de emprender un diálogo social para aprobar un nuevo Estatuto de los Trabajadores" y "recuperar los derechos laborales y la calidad, la dignidad de los empleos, que cinco años de gobiernos del PP han recortado de una manera drástica", ha denunciado.

El grupo parlamentario de Ciudadanos asegura que la sentencia del tribunal europeo que pide no discriminar las indemnizaciones de fijos y temporales "va en la buena dirección" porque apunta a la vía del contrato único o contrato estable con indemnizaciones crecientes.

En rueda de prensa en el Congreso, el portavoz parlamentario de Economía de Ciudadanos, Toni Roldán, ha firmado que la sentencia apoya acabar con la discriminación existente entre contratos indefinidos y temporales, tal y como ha defendido su partido en los dos pactos firmados con PSOE y con PP.

El grupo parlamentario de Podemos ha pedido la comparecencia de la ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones, Fátima Báñez, en el Congreso para que explique como trasladará a la legislación española la sentencia del Tribunal de la UE sobre la no discriminación en indemnizaciones por despido.

En rueda de prensa, el portavoz parlamentario de Economía de Unidos Podemos, Segundo González, ha afirmado que la sentencia debería "equipar" las indemnizaciones a 20 días.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha reclamado una oferta de empleo público que evite el "abuso" de la contratación de personal interino y ha advertido de que defenderá el pago de indemnizaciones por fin de contrato para los trabajadores de las Administraciones Públicas.

El director general de la Fundación de las Cajas de Ahorro (Funcas), Carlos Ocaña, ha afirmado este martes que de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que fija que la indemnización sea igual para trabajadores con contrato temporal e indefinido no se puede extrapolar que vaya a haber un contrato único.

La CEOE ha dicho hque la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para no discriminar entre indemnizaciones de trabajadores fijos y temporales se confunde "totalmente", tiene "dos errores conceptuales" y "no obliga a hacer ningún tipo de cambio" en la normativa española.