Madrid aprueba el proyecto inicial para la nueva Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) Trafalgar-Ríos Rosas

  • El objetivo es compatibilizar la actividad económica con el descanso vecinal
Junta de Gobierno municipal
Junta de Gobierno municipal |@MADRID

La Junta de Gobierno municipal ha aprobado el proyecto inicial de declaración de la nueva Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) Trafalgar-Ríos Rosas, situada en el distrito de Chamberí.

Así lo ha anunciado la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Inmaculada Sanz, que ha dado cuenta de que, a partir de ahora, el proyecto entrará en fase de información pública durante 45 días tras su publicación en el 'Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid' a la espera de posibles alegaciones.

El espacio protegido albergará una extensión de 153,45 hectáreas y afectará a los barrios de Ríos Rosas, Trafalgar, Almagro, Arapiles y Vallehermoso, que suman una población de 61.000 personas.

El Consistorio ha detallado que en la declaración de ZPAE existen tres tipos de zonas con distintos grados de afección por el ruido: las zonas de contaminación acústica bajas, las moderadas y las altas. Hasta el momento, el Ayuntamiento de Madrid no ha determinado a qué zona pertenece cada barrio afectado por la medida.

ZONAS BAJAS

Las zonas de contaminación baja presentan una superación de los objetivos de calidad acústica menor de 5 decibelios, con lo que se permite la implantación, ampliación o modificación de actividades como, salas de fiestas, restaurantes-espectáculos y otro tipo de locales si se encuentran a más de 150 metros de las zonas de contaminación acústica altas, a 75 metros de zonas moderadas o a 50 de otras zonas bajas.

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En este caso, el horario para terrazas y quioscos en periodo estacional, entre el 15 de marzo y el 31 de octubre, será de 9:00 a 1:30 horas los viernes, sábados y víspera de festivos, mientras que los lunes, martes, miércoles, jueves y domingo es de 9:00 a 0:00 horas. El resto del año, para aquellas que tengan autorización para un periodo de funcionamiento anual, será de 9:00 a las 0:00 horas.

ZONAS MODERADAS

Las moderadas, por su parte, presentan una superación de los objetivos de calidad acústica que sean igual o superiores a 5 decibelios e inferiores a 10 decibelios, con lo que se permiten cambios a las actividades mencionadas si se encuentran a 100 metros de las zonas altas, a 75 de otras moderadas o a 50 de bajas.

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En este caso, el horario de terrazas y quioscos en periodo estacional se extenderá hasta la 1:30 horas de los viernes, sábados y víspera de festivos, mientras que los lunes, martes, miércoles, jueves y domingo será hasta las 23:30 horas, y el resto del año, entre las 9:00 y las 23:00 horas.

ZONAS ALTAS

Con respecto a las zonas altas, aquellas que presentan una superación de los objetivos de calidad acústica igual o superior a 10 decibelios, no estará permitida la implantación, ampliación o modificación de nuevas actividades como las anteriormente mencionadas.

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En periodo estacional, el horario máximo de funcionamiento para zonas de contaminación acústica alta será entre las 9:00 y la 1:00 horas de viernes, sábado y víspera de festivo, mientras que los lunes, martes, miércoles, jueves y domingo comprenderá las 9:00 y las 23:30 horas. El resto del año, para las que tengan autorización anual, será entre las 9:00 horas a 23:00 horas.