Las fechas clave para que la Comunidad tenga nuevo gobierno... o nuevas elecciones

  • Juan Trinidad se reunirá lunes y martes con los portavoces de los 6 grupos parlamentarios y el debate de investidura se celebrará en la semana del 8 de julio
Juan Trinidad
Juan Trinidad

El presidente de la Asamblea de Madrid, Juan Trinidad (Cs), ha convocado este jueves la ronda de contactos con los seis grupos políticos con representación en el Parlamento regional para proponer un diputado como candidato a presidir la Comunidad, con reuniones que comenzarán la semana que viene.

Según apunta la Cámara madrileña en un comunicado, las reuniones se celebrarán los próximos lunes y martes, 1 y 2 de julio, respectivamente, con los representantes que los grupos políticos designen.

El orden será de menor a mayor representación numérica de diputados en la Asamblea, por lo que la ronda de contactos comenzará el lunes a las 17.00 con Unidas Podemos-Izquierda Unida Madrid en Pie, mismo día en que se consultará a Vox a las 18.00 horas.

Ya el martes, Más Madrid iniciará la ronda de contactos a las 10.00, mientras que a las 11.00 la reunión será con Ciudadanos.

En la tarde del martes, a las 16.00, con el Grupo Popular, y la ronda de contactos concluirá con el PSOE a las 17.00.

El 2 de julio, fin del plazo para proponer candidato

Tras la constitución de la Mesa de la Asamblea el pasado 11 de junio, empezaron a contar los plazos para la elección del nuevo presidente o presidente de la Comunidad. Juan Trinidad ha apurado los plazos, ante la dificultad de los grupos para conformar mayorías. Trinidad tenía de plazo máximo hasta el próximo martes 2 de julio para proponer un candidato a la investidura.

Después de la ronda de contactos, la Presidencia de la Asamblea fijará la fecha de la celebración de la sesión de investidura, -entre el tercer y séptimo día siguiente- y convocará un Pleno a tal fin, previsiblemente, a mediados de la semana del 8 de julio, que como fecha tope deberá celebrarse el 11 de julio.

El reglamento de la Asamblea de Madrid establece que para la investidura de presidente habrá una primera votación en el pleno donde será necesaria la mayoría absoluta. Si no se consiguiera, se someterá la misma propuesta a una nueva votación 48 horas después en la que bastaría la mayoría simple de los diputados presentes para investir al presidente.

Si la Asamblea no otorgase su confianza al candidato propuesto, se tramitarán sucesivas propuestas de candidatos a presidente por el mismo procedimiento.

¿Y si no hubiera candidato?

La candidata del PP, Isabel Díaz Ayuso, tiene opciones de ser investida, ya que el 'bloque de la derecha' formado por el PP, Ciudadanos y Vox suma mayoría absoluta. El PP y Ciudadanos han mantenido desde el pasado 17 de junio reuniones de carácter técnico con el objetivo avanzar en la negociación del programa para gobernar en la Comunidad de Madrid, pero las exigencias de Vox y los vetos de Ciudadanos, dificultan hasta el momento el acuerdo e incluso la negociación, hasta el punto de la dificultad para sentarse los tres juntos en una mesa para buscar un acuerdo.

Por su parte, el candidato más votado, el socialista Ángel Gabilondo, ya ha anunciado su intención de presentarse como candidato a la presidencia aunque no alcance la mayoría absoluta con los votos de Más Madrid y Unidas Podemos. Para ser investido en segunda votación (mayoría simple) requeriría la abstención de alguno de los diputados del 'bloque de la derecha'. Algo que a fecha de hoy parece difícil.

Así las cosas, ¿que ocurriría si no hubiera candidato viable? Tras la consulta con los representantes designados por los grupos políticos, el reglamento establece que si el presidente de la Asamblea no pudiera proponer al pleno un diputado como candidato a la Presidencia de la Comunidad de Madrid, fijará pese a ello una fecha para la sesión de investidura, con los mismo plazos ya comentados. En dicha sesión, si la referida situación continuara, se dará cuenta al pleno de la imposibilidad de proponer un candidato, abriéndose un turno de intervención de diez minutos por grupo parlamentario para explicar su posición.

¿Elecciones?

En el caso de que ningún candidato o candidata consiga los apoyos necesarios para ser investido presidente, el reglamento establece un plazo de dos meses desde la sesión de investidura antes de convocar de nuevo elecciones.

En ese imprevisible caso, la convocatoria de la consulta deberá realizarse en la primera quincena de septiembre y a partir de la misma, las elecciones se celebrarían 54 días después como marca la Ley Electoral, lo que, hipotéticamente nos colocaría a finales de octubre, primeros de noviembre, en vísperas de la festividad de Todos los Santos.