Trabajo amenaza a Glovo con penas de cárcel si no pone fin a los falsos autónomos

  • Las empresas que reincidan en la contratación de falsos autónomos podrán afrontar penas de prisión de entre 6 meses a 6 años
  • El Ministerio ha detectado casos en los que los trabajadores siguen como trabajador autónomos, pese a que en 2021 entró en vigor la llamada 'ley de rider'
Foto: EUROPA PRESS |Vídeo: Telemadrid

Continúa el enfrentamiento entre el Ministerio de Trabajo y Glovo por el estatus laboral de sus repartidores. El conflicto parece llegar a su punto crítico tras las recientes declaraciones del secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, avisando de posibles sanciones penales para los responsables de la empresa.

El 'ultimátum' dado por el ministerio de Yolanda Díaz exige a la empresa de reparto que regule la situación de sus trabajadores según la "ley rider", aprobada en 2021. A pesar de la sentencia del Tribunal Supremo en 2020 que confirmó la relación laboral entre Glovo y sus repartidores, la empresa ha seguido manteniendo a falsos autónomos.

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Frente a la persistencia de Glovo, el Ejecutivo ha decidido avisar de que tomará la "vía penal" para asegurar el cumplimiento de la ley. El secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, ha advertido que, si no se ajustan a la normativa, la empresa podría enfrentar sanciones penales, además de las económicas.

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Fuentes del Ministerio de Trabajo han indicado que, de no modificar su comportamiento, remitirán el caso a la Fiscalía para que tome medidas legales pertinentes. La reciente modificación del Código Penal permite condenas de prisión para los responsables de empresas que impongan condiciones ilegales a sus trabajadores.

La 'ley rider' fue fruto del acuerdo que alcanzaron el pasado mes de marzo el Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme y afecta a las relaciones laborales entre las plataformas dedicadas al reparto o distribución de cualquier producto o mercancía y sus trabajadores, es decir, que no afecta sólo a las empresas de reparto de comida a domicilio como Glovo, Uber Eats y Deliveroo.

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