La Comisión Europea no abrirá un procedimiento de infracción contra los países que apliquen un tipo de IVA reducido a las mascarillas, pese a que la legislación comunitaria actualmente no lo permite, debido a que la Unión Europea está negociando una propuesta que flexibilizará esta norma.
Esto se debe a que la Comisión no abre expedientes contra Estados por actos que infrinjan la normativa europea cuando ya se ha planteado a los países una propuesta legislativa que haría que dicha infracción fuese legal.
En la actualidad, la norma europea recoge una serie de productos a los que se puede aplicar un IVA reducido o superreducido en la que no entrarían las mascarillas por no considerarse producto farmacéutico, según explicó este viernes un portavoz comunitario.
Sin embargo, la Comisión adoptó en 2018 una propuesta que daría a los países de la Unión Europea una mayor flexibilidad a la hora de fijar los tipos de IVA a diferentes productos, una iniciativa todavía pendiente de aprobarse por unanimidad entre los 27 Estados miembros.
"La Comisión Europea espera que los Estados miembros sean capaces de llegar pronto a un acuerdo sobre esta propuesta y está en contacto con todos los Estados para asegurar una respuesta eficiente a la pandemia de covid-19", añadió el portavoz comunitario.
Mientras en España se gravan las mascarillas con un IVA del 21%, en Portugal están al 6%, en Francia al 5,5%, en Alemania al 5 %, y en países como Italia, Bélgica o Países Bajos están exentas de impuestos.
La ministra española de Hacienda, María Jesús Montero, ha declarado que España no puede reducir el tipo del IVA en las mascarillas, del 21%, porque hay un reglamento europeo que lo "prohíbe".