Los conciertos tendrán que respetar cuatro metros de distancia entre artista y público
Preparan una guía para los 'conciertos seguros'
REDACCIÓN/EUROPA PRES
Se tendrá que respetar una distancia mínima de cuatro metros entre público y artistas y se establece la posibilidad de cancelar el evento en caso de que haya viento si el concierto es al aire libre.
La Federación de la Música en España (Es-música) prepara una guía sanitaria para la celebración de conciertos y música en directo, con recomendaciones que incluyen, entre otras, referencias a las distancias mínimas entre los artistas y el público o a la necesidad de estar pendientes de las adversidades climatológicas que puedan propiciar un mayor riesgo de contagio.
Cuatro metros de distancia con el público
El documento, que verá la luz en las próximas semanas, se recomienda que entre la boca del escenario y el artista haya una distancia mínima de dos metros, para colocar el vallado anti-avalancha. Y a partir de ese vallado y hasta la primera fila, otros dos metros de distancia mínima.
Esta guía llevará por título 'Directrices y Recomendaciones para la Reactivación de los Eventos y Espectáculos Públicos y Reapertura de los Espacios que los acogen en el contexto del covid-19', y servirá de complemento a un decálogo ya publicado a finales del pasado mes de junio con medidas para la organización de espectáculos en la nueva normalidad.
Algunas medidas ya se han ido tomando, como la prohibición de fumar en estos espacios. Pero también incluyen otras novedades, como prestar atención al "impacto" que pueden tener estos eventos con amplio aforo en relación a los edificios de su entorno o la necesidad de prestar atención a las condiciones meteorológicas. Por ejemplo, en caso de concierto al aire libre, el viento podría obligar a suspenderlo, porque supone un mayor riesgo de propagación del virus.
En la guía se abordarán servicios complementarios de control o medición de temperatura corporal, reajustes de aforos o densidades grupales de ocupación, medidas para la fase de celebración del evento, post evento, posibles cancelaciones (devolución de entradas, contratos y fuerza mayor), seguros o la celebración de live streaming.
Respecto a las salas de conciertos, tras la nueva normativa, habrá que revisar las "peculiaridades" de cada comunidad autónoma y su tipología de establecimientos y actividades. De forma general, los locales de hostelería que se dediquen exclusivamente al consumo de bebidas no tienen autorizada su apertura.