"Alteraciones relevantes" en unos cien mil inmuebles de la regularización catastral

  • Los afectados por la regularización catastral pagarán cuatro años como máximo

El proceso de regularización catastral que ha iniciado el Ayuntamiento de Madrid desde el pasado 1 de abril, en virtud de la Dirección General del Catastro estatal, podría afectar a una "minoría", entre 70.000 y 100.000 inmuebles con "alteraciones relevantes", y con él se busca hacer "justicia social" para que se pague "en función del valor catastral real", con especial incidencia en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).

El delegado de Economía y Hacienda, Carlos Sánchez Mato, ha destacado en rueda de prensa que se trata de un proceso de regulación que busca "alteraciones relevantes" en nuevas construcciones, ampliaciones, rehabilitaciones o reformas que no han sido declaradas y que no afectará en ningún caso a los inmuebles que tributen correctamente.

El director general de la Agencia Tributaria de Madrid, Antonio Díaz, ha concretado que de lo que se habla es, por ejemplo, de un edificio donde antes había un solar o no haber incluido una piscina. Lo más habitual no son las omisiones sino las reformas y rehabilitaciones no declaradas.

TASA DE 60 EUROS POR INMUEBLE REGULARIZADO

El cerramiento de terrazas o los áticos no son objeto específico de regulación por ser "irrelevantes catastralmente". Otra cosa sería si se tratase de casos de dimensiones muy amplias, ha detallado, para alejar el fantasma de la alarma social. El procedimiento se financia con una tasa de 60 euros por inmueble, que tendría que abonar el titular catastral.

Las primeras notificaciones empezarán a llegar en la primera quincena de junio mientras que la regulación se llevará a cabo a lo largo de doce meses. El contribuyente tendrá un periodo de quince días para presentar alegaciones y podrá solicitar aplazamientos en el pago de la deuda.

El director de la Agencia Tributaria ha explicado que habrá que determinar quién realizó las obras para señalar al responsable si la vivienda ha sido vendida pero lo que sí es seguro es que el titular en ese momento será el que abone la tasa de 60 euros.

El delegado ha remarcado que quien establece si las incidencias catastrales son relevantes es la Dirección General del Catastro, dependiente del Ministerio de Economía, no el Ayuntamiento. "Estoy viendo el titular 'Carmena a por los áticos' y no, en todo caso Montoro", ha explicado el edil con sentido del humor. Podría afectar a un 4 ó 5 por ciento del total de inmuebles de la ciudad.

Carlos Sánchez Mato ha expuesto que es la primera vez que se pone en marcha un proceso de regulación de estas características y que habría que preguntar al anterior Gobierno, del PP, por los motivos por los que no se adhirió antes.

VENTAJAS

El edil ha puesto el acento en las ventajas de este procedimiento extraordinario, que interrumpe desde este año la inspección ordinaria municipal, que se retomará en 2017. Y es que, como ha apuntado, "en un año consigue tanto o más que lo hecho por el Ayuntamiento en años".

Otra de las ventajas son las regularizaciones en el IBI para los años no prescritos, los últimos cuatro, y que se traducirán en más ingresos para las arcas municipales ya que la tasa de 60 euros no irá a parar al Consistorio sino al Catastro.

HACER JUSTICIA

El delegado ha defendido igualmente que, a pesar de la "mala prensa" que tienen estos procedimientos, con ellos se busca hacer "justicia". Esta actuación contra el fraude catastral se llevará a cabo en 7.595 municipios en una acción que comenzó en 2013 y que acabará en 2017.

La novedad que incorpora este proceso es que los efectos de la incorporación al Catastro se producen desde el día siguiente. Y es que en los procedimientos ordinarios las consecuencias tributarias se reflejan en el siguiente ejercicio fiscal.

Los trabajos los realiza por encomienda de gestión la empresa pública SEGIPSA, que a su vez contrata empresas privadas para el desarrollo material de los trabajos, que pasan por recorrer el ámbito de actuación en busca de omisiones catastrales, fotografías de las fachadas, medición de las construcciones y actualización de las bases de datos del Catastro.

LOS AFECTADOS POR LA REGULARIZACIÓN CATASTRAL PAGARÁN CUATRO AÑOS COMO MÁXIMO

La regularización catastral puesta en marcha por el Ayuntamiento de Madrid el pasado día 1 incorporará las "modificaciones relevantes" realizadas en fincas de la ciudad y en los casos que no hayan sido comunicadas será cobrado el impuesto a sus propietarios con una retroactividad máxima de cuatro años.

Se trata de un proceso de la Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria del Patrimonio (SEGIPSA) al que se ha adherido el Ayuntamiento madrileño con la idea de que los propietarios paguen el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) "en función del valor catastral" real y en pro de una "mayor justicia fiscal", ha dicho hoy el concejal delegado de Economía y Hacienda, Carlos Sánchez Mato.

En el marco de este proceso, que se extenderá hasta el 1 de abril de 2017, los técnicos de seis empresas contratadas por SEGIPSA, "debidamente acreditados", revisarán más de 2,13 millones de inmuebles de Madrid para detectar nuevas construcciones, reformas y rehabilitaciones no declaradas.

Sánchez Martos y el responsable de la Agencia Tributaria de Madrid, Antonio Díaz de Cerio, han explicado en una rueda de prensa algunos pormenores de este procedimiento, que supondrá una tasa de 60 euros por cada inmueble pendiente de regularizar, independientemente del nuevo valor catastral resultante.

El nuevo valor catastral resultante de la revisión, que afectará a unos 90.000 inmuebles de la ciudad, será cobrado en el IBI de los años sucesivos, según la normativa. El proceso "no afecta a los inmuebles que tributen correctamente", ha explicado Díaz de Cerio, y por tanto los propietarios de inmuebles que no tengan pendientes regularizaciones no deberán efectuar ningún pago.

En el caso de las propiedades adquiridas sin que el anterior propietario hubiese regularizado nuevas construcciones o reformas, la notificación para el abono de la tasa de 60 euros llegará al nuevo propietario, aunque este podrá reclamar para que el pago sea requerido al anterior propietario.

El concejal delegado de Economía y Hacienda ha precisado que todo el proceso de revisión catastral será "validado" y contará con garantías "para que se haga bien y para evitar errores que permitan regularizar correctamente".

También ha explicado que los madrileños disponen de las cinco oficinas de Atención integral al Contribuyente y de las veintiuna oficinas de la red de Línea Madrid para consultas relacionadas con el proceso, como complemento a la Línea Directa de Catastro en Internet y a la sede de la gerencia de Catastro en la calle Guzmán el Bueno.

Los propietarios de las viviendas susceptibles de modificación catastral recibirán a partir de la primera quincena de junio una carta con un código seguro de validación (CSV) que les permitirá comparar en la Línea Directa del Catastro el catastro anterior y el posterior a la revisión. Sánchez Mato ha precisado que no se trata de una "multa" sino de una actualización del catastro que generará una liquidación nueva del IBI.

El concejal de Economía y Hacienda y el director de la Agencia Tributaria han precisado que el procedimiento no afecta a reformas interiores, sino a nuevas construcciones o reformas "relevantes" que hayan supuesto añadir "muchos metros cuadrados" en la habitabilidad de un inmueble, la modificación de una fachada o cambios de uso.