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Cómo afecta el nuevo Plan Hidrológico del Tajo al suministro del agua en Madrid
- El Gobierno de la Comunidad lo ha recurrido ante el Tribunal Supremo
La Comunidad de Madrid ha denunciado ante el Tribunal Supremo el Plan Hidrológico del Tajo por poner en riesgo el abastecimiento de agua para millones de madrileños. Isabel Díaz Ayuso ha dicho este lunes que el plan pretende "sitiar" a la Comunidad de Madrid y que "se rinda por sed". Ha señalado que el nuevo Plan "cambia radicalmente las reglas y boicotea el sistema de abastecimiento de agua de Madrid, que es el mayor de España y uno de los mejores del mundo".
La presidenta de la Comunidad ha calificado el Plan Hidrológico como "otro ataque" contra la región. "Nada peor que pretender racionar el agua", ha expresado. Según Ayuso, Sánchez "no puede soportar que Madrid haya dicho no a su autoritarismo", ni "condene cada atropello".
El plan hidrológico se revisa cada seis años. El vigente plan hidrológico fue aprobado por el Consejo de Ministros el 24 de enero, publicado en el BOE de 10 de febrero de 2023, y estará vigente previsiblemente hasta diciembre de 2027, fecha en la que debería estar lista la siguiente actualización, aplicable al período 2028 - 2033. Te explicamos cómo afecta a la Comunidad de Madrid
Se fija un caudal mínimo para el Tajo
El plan fija, por primera vez, un caudal mínimo para el Tajo, lo que va a afectar al suministro y abastecimiento de agua de la Comunidad de Madrid. En el pasado mes de mayo, la consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Paloma Martín, votó en contra de la propuesta del proyecto de Plan Hidrológico en el Consejo Nacional del Agua porque reduce la capacidad hídrica de la región, lo que afecta a millones de familias madrileñas.
La consejera afirmó que el plan “tiene carencias que hacen difícil atender el compromiso de proporcionar agua en cantidad y calidad suficiente para los distintos usos que prevé la Ley de Aguas”.
Limita la concesión del río Alberche
Según la Comunidad de Madrid, el nuevo plan perjudica mucho a la zona oeste de la región ya que plantea modificar y limitar la actual concesión que Canal de Isabel II tiene en el río Alberche por un volumen de hasta 219,8 hm3 anuales.
Esta concesión es vital para para poder garantizar el suministro de la zona cuyo embalse de referencia es el de Valmayor.
Paloma Martín afirmó en mayo que “no sólo nos encontramos con una ruptura unilateral de la concesión, que quiebra el principio de confianza legítima, sino que lo que proponen puede ocasionar un descenso significativo del agua embalsada en Valmayor con las consecuencias que puede conllevar en el abastecimiento de los vecinos y posibles riesgos medioambientales”.
El Canal de Isabel II ha reportado en los últimos seis años más de 460 millones de euros en actuaciones de depuración, 665 millones de euros en mejora de saneamiento y 270 millones de euros en materia de reutilización de aguas residuales depuradas para usos urbanos.
Impide trasvases de agua
Al poner mínimos al caudal del río Tajo se impiden los trasvases hacía otros ríos. Así lo ha denunciado también la presidenta regional. El Plan pone “impedimentos a los trasvases de agua necesarios", impidiendo "cumplir los requisitos de depuración y nos obstaculiza la planificación" acometida por el Canal de Isabel II, organismo encargado de la gestión del agua en 173 de los 179 municipios que componen la región, incluida su capital.
En concreto el recurso presentado, solicita la nulidad del apartado relativo al régimen de los caudales ecológicos; el que sujeta a autorización administrativa previa de la Confederación Hidrográfica del Tajo la realización de movilizaciones de agua entre embalses de diferentes sistemas de explotación de la Demarcación; y el relativo a los vertidos de aguas residuales.
La Comunidad considera el el plan fija los valores pero "se hace de forma absolutamente injustificada y sin tomar en consideración la singularidad de las masas de agua a las que afectan" y sin respaldo de estudios técnicos.
De igual modo, se solicita la nulidad del primer inciso del apartado 6 del artículo 11 del Plan del Tajo o, en su defecto, una interpretación conforme a la norma según la cual la prevalencia del uso ecológico en los embalses de Red Natura o en los incluidos en la Lista de Humedales de Importancia Internacional fuera referida exclusivamente a los embalses que no tuvieran por destino el abastecimiento a poblaciones.
Asimismo, el recurso señala que el plan, en su artículo 20, incluye una previsión que "no se exige en ninguno de los restantes planes de cuenca" y que afectará únicamente a las transferencias hídricas que se produzcan desde el embalse de San Juan hasta el de Valmayor, ambos en la Comunidad de Madrid". Se trata de la exigencia de autorización que incorpora el artículo, por la que se pretende imponer una autorización previa con carácter general a cualquier tipo de trasvase entre embalses de diferentes sistemas de explotación de la Demarcación Hidrográfica del Tajo.
Todo ello afecta la gestión y planificación del suministro que lleva a cabo el Canal de Isabel II.
Incumple legislación europea y sentencias del TS
Los ecologistas se han posicionado en contra el plan porque consideran que es “contrario a la legislación y a los objetivos de conservación de los ríos madrileños”
Ecologistas en Acción ha señalado que el Plan supone el incumplimiento de las Sentencias del Tribunal Supremo de 2019 y de la legislación europea y española de aguas.
Señala que incumple las sentencias porque establece caudales mínimos pero no caudales máximos ni caudales generadores o de crecida lo que llevará a muchos ríos madrileños, como el Guadarrama o Guadalix, a no contar con estos caudales, lo que perjudicará su mantenimiento y la conservación de sus hábitats.
Condenan “la degradación al tramo madrileño del río Tajo para satisfacer los intereses de la agroindustria del Trasvase Tajo -Segura”
Los colectivos ARBA, Asociación Ecologista del Jarama El Soto, Ecologistas en Acción de la Comunidad de Madrid, GRAMA y Jarama Vivo consideran que el Plan es insuficiente.
Escalonamiento de caudales mínimos
El plan incluye un escalonamiento en el establecimiento de caudales mínimos desde 2023 a 205 y desde 2025 a 2026 lo que, según los ecologistas es “una singularidad jurídica inaudita en la normativa”. Con este control del suministro se quiere retener agua en los embalses de Entrepeñas y Buendía y mantener los “trasvases insostenibles a la cuenca del segura” algo “contrario a los principios legales de primacía de la cuenca cedente y de unicidad de cuenca”.
Red Natura 2000
Los ecologistas también denuncian que el Plan Hidrológico carece de medidas para el mantenimiento de especies y hábitats comunitarios dentro del marco de la Red Natura 2000 a la que pertenecen casi todos los ríos madrileños. Los ecologistas han hecho un llamamiento para que se presenten nuevos recursos ante el Tribunal Supremo.
El Canal de Isabel II ha presentado alegaciones al gobierno y todas han sido rechazadas. Ahora la Comunidad de Madrid ha presentado un recurso ante el Tribunal Supremo para intentar frenar la aplicación del Plan.