El domingo 28 de mayo tendrán lugar las elecciones municipales en todo el país y autonómicas en gran parte de las comunidades españolas: Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Islas Baleares, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra y La Rioja, así como en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
En el caso de la Comunidad de Madrid, pese a que se adelantaron las elecciones hace dos años, las normas exigen que se celebren una vez más en la fecha que ya estaba prevista; es decir, en mayo de 2023.
Algo similar ocurre en la Comunidad Valenciana, que volverá a la fecha natural de celebración de sus elecciones autonómicas después de que en 2019 el presidente Ximo Puig las adelantase un mes para que coincidiesen con las generales de aquel año.
Son cinco las comunidades autónomas que no tendrán elecciones autonómicas este año sino más adelante: Andalucía, Cataluña, Galicia, País Vasco y Castilla y León. Eso si no hay nuevos adelantos electorales en ninguna de ellas, algo que no sería descartable en algún caso.
Elecciones municipales
Las elecciones municipales serán también el 28 de mayo de 2023, 4 años después de los comicios locales del 26 de mayo de 2019.
La ley especifica que las elecciones se celebran "el cuarto domingo del año que corresponda", por eso se prevé esa fecha, en la que 8.112 ciudades y pueblos del país estarán llamados a los colegios para que se configuren los nuevos plenos municipales.
Fechas clave
Conforme al calendario, las fechas clave oscilarán entre finales de marzo y principios de abril. La reunión del Consejo de Ministros se prevé para el martes 28 de marzo de 2023 y deliberará sobre el real decreto que convocará las elecciones municipales, que será sancionado por el rey Felipe VI en los sucesivos días a fin de que se refrende el lunes 3 de abril.
De este modo, el real decreto será publicado en el Boletín Oficial del Estado del día martes 4 de abril, convocando de esta manera los comicios.
La campaña electoral será desde la medianoche del viernes 12 de mayo hasta la medianoche del sábado 27 de mayo.
Los plazos para votar por correo arrancarán apenas 2 días después de que se decrete la convocatoria de municipales, pudiendo los ciudadanos votar mediante correo hasta 3 días antes de la celebración de las elecciones.
Plazos del censo
Si algún votante ha cambiado recientemente de domicilio debe tener en cuenta que la fecha límite para empadronarse fue el 30 de enero. Por tanto, cada elector tendrá que votar en el lugar en el que esté censado hasta ese día, ya que el censo vigente se cerró el pasado 1 de febrero.
En caso de duda, en la sede electrónica del INE se podrá realizar la consulta de inscripción en el Censo Electoral.
Evitar propaganda electoral
El INE pone a disposición de los electores un formulario en su web en el que el elector puede solicitar que se le elimine de las copias del censo electoral, que contienen los datos de dirección postal para el envío de propaganda electoral.
El formulario está disponible durante todo el año, pero para que tenga efecto para las elecciones del próximo 28 de mayo hay que darse de baja antes del 17 de abril.
Elecciones Generales
Aunque no está fijada aún la fecha definitiva para las elecciones generales, desde Moncloa se habla del domingo 10 de diciembre como fecha probable, y en todo caso la consideran como fecha límite.
Lo que no parece probable es que se adelanten al 28M, como solicitaba hace unos días el líder de la oposición, Alberto Núñez Feijóo.