El delegado madrileño de Seguridad y Emergencias y portavoz de Ayuntamiento, Enrique Núñez, ha dicho hoy que son alrededor de 20.000 los expedientes de sanción afectados por la sentencia del Tribunal Supremo que ha anulado el artículo de la Ordenanza de Movilidad que permitía multar sin parar al conductor.
El alto tribunal ha estimado un recurso de la Asociación de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) que sostenía que el citado artículo de esa Ordenanza de 2010 no tenía cobertura legal y esta entidad ha calculado que la decisión judicial podría afectar a más de 600.000 expedientes sancionadores.
Preguntado al respecto en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno, el portavoz del Ayuntamiento ha asegurado que "ni mucho menos" asciende a esa cifra la cantidad de expedientes anulados y en declaraciones posteriores la ha dividido nada menos que por 30.
Primero, ha explicado, porque la sentencia hace referencia a un periodo que va desde diciembre de 2010 a abril 2012, "que es cuando se dejo de aplicar ese procedimiento" en Madrid, y segundo porque "solamente afecta a aquellos expedientes que estén en vía ejecutiva".
Enrique Núñez ha declarado además que la nueva ley de Seguridad Vial ya recoge para todos los agentes de tráfico del conjunto de España la posibilidad de actuar como se hizo en Madrid entre 2010 y 2012 "y ya los agentes de tráfico no tienen la obligatoriedad de parar al infractor para notificarle la infracción".
AEA considera que la decisión judicial tiene efectos para las denuncias formuladas por la Policía Municipal y los Agentes de Movilidad entre el 17 de noviembre de 2010 y el pasado 8 de junio, aproximadamente el 80 % de las cuales, estima, se tramitaron en función del artículo ahora anulado por el Supremo.