La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena de un año y un mes de prisión por un delito de hurto a una pareja por robar un ordenador portátil en un centro comercial de Getafe, que escondió la mujer bajo su falda tras arrancar el sistema de seguridad.
Así se ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Penal 2 de Getafe, que también acordó la suspensión de la ejecución de la pena por un periodo de dos años con la condición de que no delincan durante ese tiempo y que satisfagan el pago de la responsabilidad civil de 1.129 euros.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el vigilante de seguridad del establecimiento, si bien no fue testigo de los hechos en el momento de su comisión, vio lo sucedido en las grabaciones de las cámaras de seguridad.
De este modo se valora su declaración testifical, señalando que vio en las grabaciones de las cámaras "como una pareja, hombre y mujer, sustraían un ordenador portátil del expositor, arrancando el sistema de seguridad el hombre y entregándolo a la mujer que lo acompañaba, que lo escondió bajo su falda".
En la sentencia, que no es firme, se señala que la pena queda fijada dentro del marco legal, en la mitad superior del tipo penal apreciado, "sin que resulte desproporcionada", mientras que la cuantía de la responsabilidad civil queda determinada a través de la factura en la que consta el modelo del ordenador sustraído y su importe.
La situación económica "que pueda tener la recurrente no influye en la cantidad en la que debe determinarse la responsabilidad civil que se impone, que es el perjuicio económico ocasionado al perjudicado por los efectos sustraídos y no recuperados".