La Audiencia Nacional ha declarado la responsabilidad patrimonial del Estado por los daños y perjuicios derivados del atentado en la embajada de España en Kabul, el 11 de diciembre de 2015, y ha condenado a la Administración a indemnizar a las viudas e hijos de los dos policías nacionales asesinados, así como a otr
os cuatro agentes víctimas de la acción terrorista.
En su sentencia, el Tribunal de la Sección Séptima de la Sala de lo Contecioso-Administrativo ordena indemnizar a las viudas e hijos de los dos agentes fallecidos en cantidades cercanas a los 200.000 euros para cada familia, a las que habría que añadir los otros cuatro policías con sumas que van desde los 128.000 hasta los 190.000 euros, en contra del criterio de la Abogacía del Estado.
El pasado año, el Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional reabrió por su parte la vía penal para investigar este atentado ante los nuevos indicios sobre su autoría, que apuntan a dos ministros del gobierno talibán y a un alto cargo de su servicio de inteligencia.
Para acordar las indemnizaciones, los magistrados han tenido en cuenta los perjuicios patrimoniales y secuelas psíquicas padecidas por estas víctimas, por lo que las cantidades fijadas por ley se han complementado por los daños morales que les ha generado la “desatención de los requerimientos para mejorar la seguridad del reciento y el pesar por haber visto a familiares queridos y haber quedado los agentes supervivientes expuestos a un peligro patente sin adoptar medidas razonables para mitigarlo”.
La Abogacía del Estado pidió que se desestimara la demanda y consideró excesivas las cantidades reclamadas, en especial la solicitada por el concepto de daños morales.
La Administración se opuso a la demanda de responsabilidad patrimonial por entender que el atentado terrorista fue un suceso inevitable y estimó que no se había producido una actuación u omisión por parte del Ministerio de Defensa o el de Exteriores que lo hubiera propiciado.
Informes previos que advertían de la vulnerabilidad del edificio
Los magistrados detallan en su resolución los distintos informes que ponían de manifiesto desde el año 2009 la vulnerabilidad del recinto donde se ubicaba la Cancillería y la residencia de los funcionarios que trabajan en la Embajada.
Ya desde ese año, el jefe de Protección GEO en Kabul solicitó medidas urgentes de mejora de la seguridad pasiva de la embajada y destacaba en su informe que su emplazamiento no era el idóneo para la ubicación de ambos edificios.
Esas alertas sobre la inadecuación del recinto -excepto la residencia del embajador que se encontraba en la zona de máxima seguridad- se reprodujeron en fechas próximas al atentado.
La Sala incluye informes del jefe de Equipo de Seguridad Estática, de agosto de 2014 y 2015, en los que reiteraba el riesgo de atentados y recomendaba actuaciones urgentes para reforzar la seguridad.
De esos informes, los jueces extraen una conclusión: “La total inadecuación del recinto que albergaba las mencionadas dependencias diplomáticas, algo que era manifiesto y había sido puesto en conocimiento de los responsables diplomáticos en reiteradas ocasiones".
Esto convertía al recinto diplomático, añade la sentencia, en un muy probable objetivo de ataques terroristas, porque la vulnerabilidad del mismo era manifiesta y podía ser conocida por cualquier persona, aún sin disponer de una información específica.
Insuficientes medidas para repeler la acción terrorista
Además de la vulnerabilidad del recinto, la Sala constata también que contaba con insuficientes medidas de seguridad para repeler la acción terrorista. Los magistrados señalan que nada más producirse la explosión, el equipo de seguridad de la embajada perdió el control de la situación al carecer de elementos de seguridad adecuados para poder reaccionar con mayor efectividad y entablar una defensa ordenada.
Si bien el tribunal tiene en cuenta "el factor sorpresa" que encierra un atentado y que por ello "la muerte de los agentes no puede asegurarse que hubiera podido ser evitada", lo cierto, destaca, "es que, de haber existido tales medidas, los escasos efectivos presentes hubieran estado en mejor disposición de defender el lugar, de no haber perdido el control de la situación por las circunstancias ya referidas, de lo que se concluye que se perdió la oportunidad de, al menos, mitigar las nefastas consecuencias del ataque terrorista".
De este modo, lamenta la Sala, "sin duda alguna, se ocasionó a los supervivientes un daño mayor al ver que no pudieron auxiliar a sus compañeros caídos”.
Defectuosos canales de información
La Sala también recoge otra de las conclusiones del informe del consejero y agregado de Interior en relación con los defectuosos canales de información sobre los riesgos de ataques que no permitían al equipo de seguridad de la Embajada obtener de manera directa información sobre las alertas emitidas.
Dicho informe aludía a la dependencia de los equipos de seguridad respecto al personal diplomático que impidió un conocimiento directo y rápido por parte del equipo de seguridad.
La sentencia explica que hubo una alerta de ataque inminente que transmitió el agregado militar francés a su homólogo en la legación española a través de un correo electrónico.
Sin embargo, se dio “la fatal circunstancia de que esto ocurrió en un día festivo, y no tomó conocimiento el receptor del mensaje a tiempo de alertar al equipo de seguridad”.
Para la Sala, la falta de previsión de un cauce que asegurara un conocimiento inmediato y cierto de la información transmitida por todos los eslabones de la cadena, hizo que este sistema se revelara como “sumamente ineficaz”.
En este caso, además “no se trataba de una amenaza cualquiera. No se refería a la posibilidad de un ataque en una zona indeterminada de la ciudad de Kabul. Se aludía, en concreto, a un atentado contra una embajada".
La probabilidad de que esto sucediera no era baja, porque días antes, según refiere el comunicado, se había frustrado un ataque a la embajada de Rusia, y viendo que con ello se pretendía "golpear a los representantes de las fuerzas internacionales, para expulsarlas de Afganistán", era "verosímil que el intento de una acción armada contra las embajadas se repitiese”.