El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona ha declarado que el anuncio de un denominado 'Tour de la Manada', que consistía en la realización del recorrido que hicieron los condenados en los Sanfermines de 2016, constituye "un trato vejatorio para la víctima del delito".
Por este motivo, de acuerdo con la postura de la acusación particular y en contra del criterio del Ministerio Fiscal, el magistrado considera que los hechos pueden ser constitutivos de un delito contra la integridad moral, según ha informado el TSJN.
En el auto, que puede ser recurrido, el juez emplaza al fiscal y la acusación particular a fin de que, en el plazo común de diez días, formulen escrito de acusación solicitando la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa.
Las diligencias judiciales se establecieron tras un atestado elaborado por la Policía Foral. Con la investigación, se afirmó que en el anuncio del 'Tour' se hacía referencia a un cita concreta y figuraba la fotografía de los ya condenados como autores de un delito continuado de abuso sexual.
Para el magistrado, sin perjuicio de lo que en su día determine el juez o tribunal sentenciador, se debe tener en cuenta el contenido de la página web y lo reconocido parcialmente por el investigado, sin que el ánimo invocado, elimine lo que claramente constituye un trato vejatorio para la víctima del delito, que va más allá del simple mal gusto que argumenta el Ministerio Fiscal, y que supone degradar nuevamente a la víctima.