La defensa de la Infanta Cristina, quien ha recurrido su imputación en el marco del caso Nóos, asevera que "no tiene sentido" un encausamiento con "nulas posibilidades de prosperar", máxime cuando la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado han mostrado su disconformidad con la decisión del juez José Castro y teniendo en cuenta que un imputado no puede llegar a la fase del juicio si contra él las acusaciones no han formulado acción alguna.
En un recurso de apelación de 32 páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, los abogados Miquel Roca y Jesús María Silva consideran una "clara contradicción con la práctica cotidiana de los juzgados y tribunales" el hecho de citar a declarar a su patrocinada "estando claro a estas alturas del proceso que sólo la acusación popular", ejercida por el sindicato Manos Limpias, "podría estar interesada" en esta diligencia.
En esta línea, ven "altamente improbable" que el emplazamiento de la Infanta para que acuda a declarar a los Juzgados de Via Alemania de Palma resulte "útil a los fines del proceso". En su impugnación, los letrados apuntan en concreto a una vulneración del principio de igualdad, a la inexistencia de indicios incriminatorios y de infracción penal alguna así como a la vulneración del principio acusatorio en la imputación de su defendida.
CONFORMIDAD CON LA FISCALÍA
La representación procesal de la hija del Rey Don Juan Carlos incide asimismo en que la finalidad y los efectos de una imputación "trascienden con mucho a los objetivos de que la persona afectada haga desaparecer 'la más mínima sombra de sospecha'" en torno a los hechos investigados, haciendo referencia a la pretensión que el magistrado expuso en el auto por el que acordó el encausamiento de la mujer de Iñaki Urdangarin.
Al hilo de lo anterior, los abogados muestran su conformidad con el argumento de la Fiscalía -"mejor conocedor de la causa que esta parte"- de que, "después de una intensa actividad investigadora a lo largo de varios años, únicamente ha podido extraerse el hecho incuestionable de que Doña Cristina de Borbón y Grecia figuraba como vocal del Instituto Nóos", lo que consideran "absolutamente insuficiente" para dirigir una imputación contra ella.
Es más, aseveran que la resolución recurrida "pretende llevar a cabo una serie de inferencias extraordinariamente abiertas e indeterminadas, que tanto podrían arrojar las hipótesis que plantea como otras de índole radicalmente diversa".
"MERAS CONJETURAS PERSONALES"
Así las cosas, recalcan que una imputación basada en indicios exige la determinación de "hechos base" de los que se derive "coherentemente la posibilidad razonable" de que haya sido cometido un hecho delictivo. "Una imputación que no respete estos cánones no se encuentra basada en indicios racionales de criminalidad sino en meras conjeturas personales", abundan en el escrito, aseverando incluso que "a estas alturas del procedimiento parece razonable exigir una mayor consistencia en los indicios".
En su recurso, los abogados precisan que, aun partiendo de que fuera cierto de que la mujer de Urdangarin así como el secretario de las Infantas, Carlos García Revenga -también imputado- "hubieran consentido su figuración" al frente de Nóos, ello "no convertiría sin más esa intervención en delictiva", puesto que se trata de "indicios débiles, inconsistentes e insuficientes para una imputación".