Los contratos fijos discontinuos se caracterizan porque la prestación del trabajo es discontinua en el tiempo, es decir, con períodos de actividad y de inactividad, pero sin romper el vínculo laboral con la empresa.
Son muchas las dudas que rodean a este modelo de contrato y sobre cómo repercuten en los datos del paro ¿Cómo computan en la Seguridad Social? ¿Y en el SEPE? ¿Qué estadística es correcta?
Según Eva Blázquez, catedrática de Derecho del Trabajo y Seguridad Social y vicerrectora de Relaciones Institucionales, Cultura e Igualdad de la Universidad Carlos III de Madrid, es la Seguridad Social la que mejor puede llevar la cuenta de la situación de los fijos discontinuos ¿Por qué?
Hemos empezado hablando de lo que se considera un alta y una baja en la Seguridad Social. Afiliación se entiende como un acto que se realiza una única vez, y lo puede realizar el mismo trabajador, la Seguridad Social o la empresa. Y, por otro lado, el alta ocurre en múltiples ocasiones; es decir, cada contratación lleva un alta y una baja siendo responsabilidad de la empresa.
En este sentido, cuando hablamos de un fijo discontinuo, hablamos de un trabajador afiliado que cuando trabaja está dado de alta y en los períodos de inactividad, de baja, por lo que la empresa no cotiza por él y puede acceder a prestaciones por desempleo, siempre y cuando cumpla con los requisitos.
Por otro lado, para el SEPE, los fijos discontinuos son personas contratadas puesto que el contrato existe, por lo que los contabiliza como personas no desempleadas y no los incluye como demandantes de empleo.
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