Los expertos en Derecho Constitucional cuestionan que se pueda negociar un referéndum de autodeterminación al amparo del artículo 92 de la Constitución, tal y como establece el acuerdo.
Preguntar sobre la independencia de España exigiría una reforma constitucional porque la Carta Magna ahora no lo permite. Y esa reforma sería de procedimiento agravado.
Puigdemont insiste en que su referéndum entra en la Constitución, como ayer plasmó en su acuerdo con el PSOE. Pero expertos constitucionalistas lo rebaten. Para el catedrático de la Universidad Rey Juan Carlos David Ortega, "el referéndum de autodeterminación no cabe en el artículo 92 de la Constitución española".
Este artículo habla de que las decisiones políticas de especial trascendencia, podrán ser sometidas a referéndum de todos los ciudadanos.
Según el profesor de la Universidad San Pablo-CEU, José María Pernás, "se puede desarrollar en el ámbito autonómico pero siempre que se refiera a cuestiones que sean competencia de la comunidad Autónoma".
No es el caso y además no puede consultarse sobre cualquier decisión. "Evidentemente estas decisiones políticas no pueden ser contrarias a la resolución y en este sentido el artículo 2 de la Constitución española es muy claro cuando habla de la indisoluble unidad de la nación española", señala Ortega.
Habría que plantear entonces reformar ese artículo 2, que exige procedimiento agravado con unos requisitos: "Dos tercios de Congreso y Senado, convocatoria de elecciones que las nuevas cámaras ratifiquen por igual mayoría esa reforma constitucional y referéndum popular de todo el pueblo español", señala Pernás, y que hoy por hoy hacen impensable que pudiera salir adelante.