Atentos a las cláusulas de penalización en los contratos de servicios de las comunidades de vecinos. La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a una comunidad de Valdemoro, a la que la empresa de mantenimiento de la piscina le exigía 80.000 euros por rescindir el contrato. Los jueces consideran nula por abusiva la cláusula de 5 años de duración.
Ha ocurrido en Valdemoro. La comunidad de vecinos no estaba conforme con el mantenimiento de la piscina y decidió rescindir el contrato. La empresa les denuncia y reclama el dinero de cinco años de servicio. Para sorpresa de los vecinos, la empresa gana en primera instancia. Tienen que pagar más 80.000 euros.
Tras recurrir la sentencia, la Audiencia Provincial, en cambio, les da la razón a ellos. Reconoce que esa cláusula de penalización a cinco años es abusiva, lo que ha supuesto todo un alivio para los vecinos