Las claves que explican la condena del Tribunal de Cuentas a Ana Botella

El Tribunal de Cuentas ha condenado a la exalcaldesa de Madrid Ana Botella y a seis de sus ediles a abonar 22,7 millones de euros por vender en 2013 dieciocho promociones de vivienda pública a un fondo de inversión por debajo del precio contable y de mercado. En este fallo se condena también a Fermín Oslé Uranga, consejero delegado de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) en 2013, a abonar 3.040.000 euros.

El Tribunal de Cuentas considera que el menoscabo total a los fondos públicos provocado por esta operación asciende a 25,7 millones, de los que a los ediles de Botella y la excalcaldesa se les condena a abonar de forma solidaria un máximo de 22,7 millones.

El fallo considera probado que la operación en la que se vendieron 18 promociones de vivienda pública protegida por 128 millones de euros a Fidere, filial de Blackstone en España, se hizo por un procedimiento ilegal al no asegurar la concurrencia, y se cerró por debajo del precio contable de los inmuebles, de 159 millones, y también por debajo del precio del mercado.

Los condenados

Además de Ana Botella, han resultado condenados su entonces equipo de Gobierno, coincidente con la Junta de Accionistas de la EMVS: Concepción Dancausa, exdelegada del Gobierno en Madrid; Paz González; Enrique Núñez, Diego Sanjuanbenito -altos cargos del Gobierno regional-; Dolores Navarro; y Pedro del Corral -actual concejal del Ayuntamiento de Madrid-. También el mencionado Fermín Oslé Uranga, consejero delegado de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) en 2013.

Habrá recursos

Todos ellos han anunciado ya en un comunicado que recurrirán la decisión, que no es firme, y han recordado que la Fiscalía del Tribunal de Cuentas solicitó desestimar la demanda al no apreciar responsabilidad contable. En este escrito sostienen que "la anterior Junta de Gobierno", ahora condenada, "no intervino ni directa ni indirectamente en la operación de venta de viviendas a que se refiere la decisión del Tribunal de Cuentas", de la que responsabilizan a la EMVS.

El Ayuntamiento de Madrid ha señalado también que se está planteando presentar un recurso a la sentencia del Tribunal de Cuentas, pues su reclamación hablaba de un daño patrimonial de 127 millones de euros, no en 25 millones como indica el texto del tribunal. Además, el Consistorio va a reiniciar un proceso de nulidad para revertir la compraventa con el objetivo de conseguir que esas viviendas vuelvan a pertenecer a la EMVS.

La sentencia

Para el Tribunal de Cuentas la enajenación de 18 promociones de vivienda -más de 1.800 inmuebles- se realizó "sin elaborar un pliego de condiciones de la venta, ni hacer un estudio técnico de la necesidad económica y viabilidad jurídica de la misma, ni fijar con carácter previo, mediante el oportuno informe técnico o tasación homologada, el valor de los inmuebles a enajenar".

La EMVS no tasó los pisos antes de venderlos y, según los hechos probados, solo contaba con un informe de Pryce Waterhouse Cooper que técnicamente no permitía tasar su valor y que además fue elaborado por la misma consultora que asesoró a Fidere.

La EMVS "no promovió una verdadera concurrencia", añade el Tribunal, que asegura que "con carácter previo y por tanto privilegiado" la empresa pública facilitó información sobre la compraventa a cuatro entidades, una de las cuales, Fidere, resultó adjudicataria. Además, el Tribunal considera que la EMVS acordó rebajar el precio de venta final en 2 millones de euros ante las quejas de Fidere por morosidad de inquilinos sin cuantificar cómo se llega técnicamente a esa cifra.

Fidere se quejó por la morosidad de inquilinos

Respecto al papel de los entonces ediles y de la exalcaldesa Ana Botella considera probado que "no advirtieron ni evitaron que la enajenacion se hiciera a través de un procedimiento ilegal y por un precio lesivo para el patrimonio público". "Sin perjuicio del dolo", añade el Tribunal haciendo referencia a la intención de provocar daño, "incurrieron al menos en negligencia grave (...) pues no previeron ni impidieron el perjuicio en el patrimonio público" y no cumplieron "el grado de diligencia que les era exigible en su calidad de administradores públicos".

"Incurrieron al menos en negligencia grave (...) pues no previeron ni impidieron el perjuicio en el patrimonio público"

¿Quién demandó?

El Tribunal de Cuentas adopta esta decisión a raíz de la demanda presentada por el Gobierno de Manuela Carmena en noviembre de 2017 contra la venta de estas promociones al fondo de inversión Fidere, filial española del fondo estadounidense Blackstone, con un perjuicio a las arcas municipales que el equipo de Carmena cifró en 127 millones.

Mejores Momentos

Programas Completos

Más de Ana Botella