Comienza el juicio al PP por el borrado de los ordenadores de Bárcenas

  • El juez rechaza aplicar la 'doctrina Botín' y advierte de que la cuestión puede volver a ser examinada

El titular del Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid, Eduardo Muñoz Baena, ha rechazado este viernes aplicar, por el momento, la conocida como 'doctrina Botín' y expulsar la acusación contra el PP en el juicio por la destrucción de los ordenadores del extesorero 'popular' Luis Bárcenas, tal y como han solicitado su defensa.

La vista oral por la destrucción de dos discos duros que Luis Bárcenas usaba en un despacho en la tercera planta de la sede del partido, en la calle Génova 13 de Madrid, ha celebrado su primera sesión, que se ha centrado en la exposición de las cuestiones previas.

En su turno de intervención, el abogado del PP, Jesús Santos, ha insistido al magistrado que considere la aplicación de dicha doctrina, tal y como plantea en su escrito de defensa, para evitar que el partido político sea juzgado por un delito de daños informáticos.

La 'doctrina Botín' tiene su origen en una resolución del Tribunal Supremo de 2007, que avaló la decisión de la Audiencia Nacional de limitar la acción de las acusaciones particulares para pedir la apertura de un juicio oral contra el banquero fallecido Emilio Botín y otros directivos del Banco Santander (en el caso de cesiones de crédito) cuando la Fiscalía y los perjudicados hubieran solicitado el sobreseimiento de la causa. Ahora el PP acude a ella, ya que ni la Fiscalía ni Bárcenas --perjudicado-- ejercen una acusación contra ninguno de los acusados.

Según el letrado, la acción penal contra la formación política no puede ser ejercida por tres acusaciones populares --Izquierda Unida, Observatori Desc y Adade-- porque su único objetivo es "llevar como sea al juicio al PP con teorías imaginativas de ideas concursales", ha indicado Santos, en alusión a la alegación que han hecho las tres acusaciones sobre que el delito de daños informáticos y el de encubrimiento están íntimamente ligados. Al respecto, ha indicado que el derecho de defensa ha sido vulnerado porque no se le imputan hechos concretos en los escritos de acusaciones provisionales como persona jurídica.

En este sentido, Santos ha afeado a las tres acusaciones que traten "de construir una nueva doctrina" para que parezca que ellas tenga más legitimidad que la particular y que para ello, hayan arrastrado como "daños colaterales" de los hechos a otras tres personas: la extesorera del PP Carmen Navarro, el abogado Alberto Durán y el informático José Manuel Moreno. Por ello ha pedido que el PP "salga de forma inmediata de este procedimiento".

Argumentos similares ha manifestado la Fiscalía, que ha señalado que las acusaciones populares carecen de "legitimación" para atribuir al PP un delito de daños informáticos, ya que no existe un "perjudicado concreto", debido a que el propio Luis Bárcenas se retiró del procedimiento en 2016. En este sentido, entiende que los otros tres acusados, que trabajaban para el partido y que habrían supuestamente favorecido a los intereses del mismo, tampoco deben ser juzgados por dicha conducta penal. No obstante, considera que las acusaciones populares si pueden tratar de que el abogado, el informático y la extesorera sean juzgados por el delito de encubrimiento, ya que se trata de un tipo penal atribuible a las personas físicas, pero no a las jurídicas, como es el caso de la formación política. Aún así, ha manifestado que el Ministerio Público no ejercerá ninguna acusación por este delito, sino al contrario, ha pedido el archivo de la causa.

Una decisión que puede ser re-examinada

Tras escuchar atentamente todas las partes, el magistrado ha aclarado que ante la "posibilidad de que la Audiencia Provincial tuviera una opinión distinta" sobre la aplicación de la 'doctrina Botín', prefiere mantener en el banquillo de los acusados para que se celebre toda la práctica de la prueba con su representante legal presente. Asimismo, ha añadido que esta decisión no perjudica para que la cuestión vuelva a ser "examinada" y "resuelta" a la hora de dictar sentencia. "Soy consciente del coste que presenta para las defensas", ha añadido el juez Muñoz Baena, que ha explicado que en el caso de estimar la cuestión previa ya se estaría considerando que no se debería haber abierto juicio oral. Por ello, "llegado a este punto", ha afirmado que lo más conveniente es que se celebre la vista oral.

Hace más de un año la juez instructora de Madrid, Rosa María Freire, envió el caso a juicio al considerar que existen claros indicios de que los documentos almacenados fueron eliminados "a conciencia mediante el sistema de borrado más drástico, el de sobreescritura de 35 pasadas y rallado hasta su destrucción física".

Protesta de los defensores

Sin embargo, algunas de las defensas han manifestado su protesta ante tal resolución anticipada 'in voce', como la del PP, cuyo letrado ha instado al magistrado a que "reconsidere" la decisión y se vuelva a pronunciar en la próxima sesión --la del jueves 20 de junio, en la que declararán los acusados y algunos testigos, entre ellos Bárcenas y la ex 'número dos' del partido María Dolores Cospedal--. "Estamos hablando de un óbice procesal", ha añadido.

Los abogados Esteban Mestre y Carlos Gómez Jara, que ejercen las defensas de Durán y Moreno, respectivamente, han señalado que el hecho de que el juez deje hasta el final la resolución de si el PP debe continuar o no en el banquillo de los acusados es relevante para la práctica de la prueba porque de ser excluido "no se podría imputar el delito de daños informáticos", ha indicado el letrado del informático. Para Mestre, el juicio no puede celebrarse solo con las acusaciones populares porque no son "perjudicadas directas" y, a su juicio, se basan en un "delito patrimonial, que afecta a un interés particular", pues, según ha señalado, en las peticiones de condena incluyen la indemnización a Bárcenas por los daños de los dos ordenadores de la marca Toshiba y Macintosh. "Ellos tienen la posibilidad de intervenir para sostener que el perjudicado que no se siente perjudicado tiene que ser perjudicado", ha ironizado el abogado de Alberto Durán.

Por su parte, las acusaciones han defendido su presencia en la vista oral y han hecho hincapié en que en esta causa no analiza las anotaciones de los conocidos como 'papeles de Bárcenas', que están siendo investigados por la Audiencia Nacional por la posible financiación irregular del PP, sino el contenido que había en dichos ordenadores. Pues según ha explicado Isabel del Val, abogada del Observatori Desc, se trata de unos documentos que desaparecieron "para evitar que un juzgado investigue unos graves hechos como unas donaciones ilegales a un partido", tal y como denunció el propio extesorero. "Se podría haber llegado a la conclusión de que esas personas que donaban era para beneficiarse de adjudicaciones", ha añadido la letrada para justificar que el delito de daños informáticos y el de encubrimiento deben ser juzgados conjuntamente, a lo que se han adherido IU y Adade.

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