Madrid pide al juez aclarar la anulación de la orden que prohíbe fumar

  • Ruiz Escudero: "Se lo he trasladado al ministro para que todas las medidas se publiquen en el BOE"
  • Enrique López: "Lo que pone de manifiesto" el auto es "la necesidad urgente de actualizar la legislación especial en materia sanitaria”

En suspenso las nuevas medidas anticovid decretadas por la Comunidad siguiendo las recomendaciones del ministerio de Sanidad.

Un juez ha anulado la orden, al no publicarse en el BOE, porque entiende que debía haber un estado de alarma. Todas estas medidas siguen en vigor pero no tienen soporte jurídico. La comunidad habla de incongruencia y ha pedido de forma urgente una aclaración.

El magistrado entiende que la orden de la Comunidad se basa en la del ministerio que no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado.

"Hemos pedido una aclaración"

La Comunidad de Madrid solicitará una "urgente aclaración" al titular del Juzgado de lo contencioso administrativo número 2 que ha decidido no ratificar la orden regional que hacía efectiva la prohibición de fumar a menos de dos metros de otras personas y el cierre del ocio nocturno, entre otras medidas.

El consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, afirma que "hemos pedido una aclaración de lo que nos traslada el juzgado porque vemos cierta incongruencia en ese auto. Además es más sorprendente cuando en otras comunidades autónomas si que se ha producido esa ratificación y es difícil de entender. Si el Gobierno no toma esas decisiones es cuando ocurren estas circunstancias. Como comprenderá son medidas por el bien de todos los madrileños para seguir tratando de contener esta pandemia del coronavirus" recalca.

"Se lo he trasladado al ministro de Sanidad para que todas las medidas que se adoptaron se publiquen en el BOE" recalca el responsable de la Sanidad madrileña.

"Desde una comunidad autónoma no se pueden limitar derechos fundamentales"

En el auto, dictado el pasado jueves por el magistrado Alfonso Villagómez Cebrián y hecho público este viernes, se señala que "desde una comunidad autónoma no se pueden limitar derechos fundamentales con carácter general sin una previa declaración de la alarma".

El juez subraya que la orden de la Comunidad de Madrid con las nuevas restricciones se basa en una orden del Ministerio de Sanidad que no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) "cuando, como es sabido, las normas y disposiciones generales tienen que ser publicadas para que sean de obligado cumplimiento para todos".

"Competencia plena"

"Desde la comunidad autónoma manifestamos nuestro pleno respeto (al auto), pero a la vez estamos en contra respecto a su contenido. En primer lugar, porque entendemos que es confuso y como consecuencia de ello vamos a pedir una urgente aclaración del mismo", ha explicado el consejero de Justicia, Interior y Víctimas, Enrique López.

Además, el consejero ha dicho que consideran que "una comunidad autónoma tiene competencia plena para aplicar cualquiera de las medidas que se establece en la Ley de medidas especiales de Salud Pública de 1968, así como el resto de legislación en relación con la sanidad pública, permitiéndonos la limitación de actividades económicas y de otra naturaleza".

Medidas similares "ya han sido aprobadas en toda España"

Medidas similares, según el consejero, "ya han sido aprobadas no solo por otros jueces de lo contencioso de la Comunidad de Madrid sino de toda España".

"En cualquier caso", para el consejero de Justicia, "lo que pone de manifiesto" el auto es "la necesidad urgente de actualizar la legislación especial en materia sanitaria respecto a pandemias". "Algo que hemos pedido urgentemente al Gobierno de la nación desde el PP y no se nos ha hecho caso. Se fueron de vacaciones sin instar esta reforma", ha afeado López.

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