La Comisión contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte ha propuesto una sanción de 60.000 euros al Atlético de Madrid por haber dado promoción y apoyo al grupo de aficionados Frente Atlético, según informa dicho organismo en un comunicado.
Antiviolencia recordó al Atlético que la Ley de julio de 2007 contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte recoge que los organizadores de competiciones y espectáculos deportivos están obligados a "no proporcionar ni facilitar a las personas o grupos de seguidores que hayan incurrido en las conductas definidas en los apartados primero y segundo del artículo 2 de la presente Ley, medios de transporte, locales, subvenciones, entradas gratuitas, descuentos, publicidad o difusión o cualquier otro tipo de promoción o apoyo de sus actividades".
Además, el artículo 9.4, sobre el Libro Registro de Actividades de Seguidores, indica que "queda prohibido cualquier tipo de apoyo, cobertura, dotación de infraestructura o de cualquier tipo de recursos a grupo o colectivo de seguidores de un club, con independencia de tener o no personalidad jurídica, de estar formalizado o no como peña o asociación, si no figura, el citado grupo, sus actividades y sus responsables en el Libro de Registro y si en alguna ocasión ha cometido infracciones tipificadas en esta Ley".