El cheque de 200 euros aprobado el pasado sábado por el Gobierno en un Consejo de Ministros extraordinario podrá solicitarse entre julio y septiembre a través de un formulario disponible en la página web de la Agencia Tributaria y empezará a pagarse a partir de dicho mes.
¿Quién puede solicitarlo?
La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ha indicado que esta ayuda está destinada tanto a autónomos como a trabajadores por cuenta ajena y desempleados inscritos en las oficinas del servicio de empleo.
Se calcula que la ayuda beneficiará a unos 2,7 millones de personas con rentas bajas.
Podrán acceder a los 200 euros, que se abonarán en un pago único, las personas que residan en hogares cuya renta fue inferior a 14.000 euros en 2021 y cuyo patrimonio, descontando la vivienda habitual, no supere los 43.196,4 euros.
Cómputo de ingresos y de patrimonio
Tal y como establece el BOE, el cómputo de ingresos y de patrimonio se efectuará de manera conjunta, considerando todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022 y estén unidos entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos dos años de antelación o por parentesco, hasta el tercer grado, incluido los afines, con cualquiera de los anteriores, así como otras personas con las que cualquiera de los anteriores conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
¿Quién no puede beneficiarse?
Están excluidos de esta ayuda a quienes ya cobren el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o reciban pensiones del Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.
Para estos colectivos el paquete contempla otras medidas concretas, como la prórroga del incremento del 15 % del IMV o de las pensiones no contributivas, que implica incrementos anuales superiores a los 200 euros.
¿Cómo puedo solicitar la ayuda?
Se podrá presentar la solicitud de esta ayuda de 200 euros en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, rellenando el formulario que se ponga a disposición para tal efecto.
Las solicitudes se podrán realizar hasta el 30 de septiembre de 2022.
¿Cómo sé si me han concedido la ayuda?
En el real decreto se establece que, si transcurridos tres meses desde la finalización del plazo para presentar el formulario no se ha recibido la transferencia bancaria de 200 euros, deberá entenderse que la solicitud ha sido desestimada. Es decir, la fecha límite para recibirla si es aprobada es el 31 de diciembre.