El Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha un vídeo didáctico para que los ciudadanos puedan conocer cómo circular por las zonas de bajas emisiones (ZBE) de la ciudad.
El vídeo explica el funcionamiento de las tres zonas de bajas emisiones operativas en la ciudad, puestas en marcha recientemente debido a la urgente necesidad de mejorar la calidad del aire de Madrid, ha informado el Consistorio en un comunicado.
El vídeo comienza detallando el funcionamiento de Madrid ZBE, que restringe el acceso a los turismos con clasificación ambiental A (diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina matriculados antes del año 2000) de manera progresiva desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 1 de enero de 2025.
El Consistorio recuerda a través de este contenido audiovisual que los turismos que a fecha 1 de enero de 2022 no cumplan los requisitos de encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurar de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid tienen limitaciones.
Desde el 1 de enero de 2022 queda prohibido el acceso y circulación de los turismos A por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
Un año más tarde queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, incluyendo la propia M-30. Desde el 1 de enero de 2024 queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.
Desde el 1 de enero de 2025 se extiende esta prohibición también a todos los turismos A que estén domiciliados en Madrid y dados de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores), que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.
Este vídeo repasa los criterios generales de acceso en las dos zonas de bajas emisiones de especial protección, Distrito Centro y Plaza Elíptica. En la primera, tienen el acceso, circulación y estacionamiento prohibidos los vehículos A, salvo que estén empadronados, y/o los vehículos turismo de comerciantes autorizados (con un local u oficina en el interior del distrito); los B y los C que no cuenten con permisos pueden acceder solo para estacionar en un aparcamiento público.¡