El etarra Antonio Troitiño declarará este lunes por la mañana ante el juez de la Audiencia Nacional José de la Mata por un delito de integración en organización terrorista, han informado fuentes jurídicas. Seis años después de quedar en libertad, el histórico etarra ha sido enviado a la madrileña prisión de Soto del Real tras ser extraditado por Reino Unido en un avión en el que ha estado custodiado por agentes de la Policía Nacional.
La Audiencia Nacional ha cursado hasta cuatro Ordenes Europeas de Detención (OED) hasta conseguir que Antonio Troitiño Arranz, alias 'Antxon', vuelva a prisión a la espera de que el juez De la Mata le tome declaración indagatoria a partir de las 9.30 horas del lunes. Este tipo de comparecencias no suelen durar más de diez minutos.
El magistrado le comunicará que está procesado por el único delito por el que Reino Unido ha concedido su entrega, el de integración en organización terrorista. La justicia española no podrá acusarle de falsificación en documentación oficial, tal y como figuraba inicialmente en la causa, porque este delito no ha sido aceptado por los jueces británicos.
Troitiño, de 59 años y natural de Palencia, volverá a transitar por el mismo edificio en donde se le condenó a cumplir más de 24 años de prisión. Condenado a más de 2.700 años de cárcel por 22 atentados, quedó en libertad el 13 de abril de 2011. Cuando la Audiencia Nacional ordenó de nuevo su detención al detectar que había contabilizado mal sus años en prisión, Troitiño ya se había fugado a Londres.
La Comisaría General de Información acreditó con ayuda de la Policía británica que Troitiño, que fue detenido en junio de 2012 y febrero de 2014 en Londres, se había integrado en las estructuras clandestinas de ETA, concretamente en el Sub-Aparato denominado IHESKO-Colectivo de Refugiados para huir de la justicia española usando para ello documentación falsa facilitada por la organización terrorista, según ha informado el Ministerio del Interior.
"SIEMPRE A DISPOSICION DE ETA"
Según relata el juez en uno de sus autos, "Troitiño se puso de nuevo en contacto con la organización terrorista ETA a fin de que le ayudara a huir de España y así hacer ineficaz la busca y captura dictada contra el mismo, aceptando con ello un sometimiento a las instrucciones de la organización terrorista en relación con lo que denomina Colectivo de Refugiados, rama que agrupa a sus militantes en países que no sean España o Francia, siempre a disposición de ETA".
Troitiño hizo llegar una fotografía suya al sub-aparato de falsificación de ETA, que le entregó seis documentos de identidad españoles simulados con su fotografía. Desde su fuga, durante más de tres años, los jueces y fiscales de la Audiencia Nacional intentaron conseguir la entrega de este miembro de ETA.
La Audiencia Nacional ha tenido que tramitar hasta cuatro Ordenes Europeas de Detención (OED): primero la Sala de lo Penal, después el juez Pablo Ruz y, finalmente, el juez José de la Mata en las dos
últimas ocasiones. La defensa de Troitiño ha conseguido paralizar la entrega con sucesivos recursos, hasta el punto de que hace dos meses paralizó en el último momento su extradición cuando el etarra se encontraba a punto de subir al avión enviado por el Ministerio del Interior.
CUATRO ORDENES EUROPEAS DE DETENCION
Los escollos judiciales fueron salvados a partir de la cuarta y última orden europea de extradición (OED), dictada el 21 de octubre de 2015. El juez José de la Mata explicaba a sus colegas británicos que si Troitiño no estaba a disposición de la justicia española es porque estaba fugado y en situación de rebeldía.
El magistrado subrayaba su respeto por la decisión británica de optar por medios alternativos como la videoconferencia, a pesar de que posteriormente las propias autoridades británicas habían descartado también esta opción. Ante esta situación, la única vía que le quedaba al juez De la Mata era reiterar en esa cuarta OED la detención y entrega de la persona reclamada, porque la legislación española impide juzgar en rebeldía. Su presencia, según de la Mata, era "inexcusable".
Con anterioridad a la cuarta OED, el 31 de julio de 2015, el Juzgado Central número 5 conoció que la High Court of Justice había estimado el recurso de Troitiño y tumbaba una vez más la entrega que había sido concedida por un juez británico de distrito. La High Court argumentaba que no era necesaria la presencia de Troitiño en España porque había otras vías posibles, como por ejemplo practicar la declaración por videoconferencia.
Ante esta decisión, el juzgado, ya en plenas vacaciones estivales de agosto reaccionó para recurrir, a través de la Fiscalía británica, los argumentos de los jueces ingleses. Por sugerencia de la Fiscalía británica, el juzgado asumió, en aplicación del principio de confianza mutuo, los criterios impuestos por la High Court y tramitó una comisión rogatoria solicitando la práctica de esa videoconferencia que sugerían los ingleses.
Dos meses después, sin embargo, otra instancia judicial, la United Kingdom Central Authority, comunicaba que tampoco era procedente la videoconferencia porque en el Reino Unido una persona que está definida como "acusada" no puede declarar por videoconferencia. Y tampoco autorizaban que Troitiño declarase ante un juez británico.
Los argumentos de esta cuarta OED, cursada hace año y medio, son los que finalmente han conseguido que se haga efectiva la entrega de Troitiño, según explican fuentes jurídicas. Una entrega que se iba a formalizar hace dos meses y que de nuevo se paralizó porque un juez británico distinto a los anteriores paralizaba la extradición al estudiar la posibilidad de concederle a Troitiño una petición de asilo que ha sido finalmente desechada.