Once exdirectivos de Adif que podrían haber incurrido en un delito contra la seguridad colectiva han sido hoy imputados por el magistrado Luis Aláez, el titular del juzgado de instrucción número tres de Santiago que investiga el accidente del tren Alvia registrado el 24 de julio de 2013.
Estos cargos, que podrían ser además hipotéticos partícipes en los delitos de homicidio y lesiones, estaban en la dirección que se encontraba en activo cuando se remodeló la línea ferroviaria entre Ourense y Santiago, que se inauguró en diciembre del año 2011.
El juez entiende que los fallos en los sistemas de control y de protección pudieron haber generado "un riesgo intolerable que a la postre se ha traducido en el descarrilamiento de un tren con desastrosas consecuencias".
Así, entre los imputados se encuentra el que fuera presidente de Adif, Antonio González Marín, el entonces director de seguridad en la Circulación, Andrés Cortabitarte, y nueve miembros del consejo de administración, Juan Carlos Cáceres, Mercedes Rodríguez Arranz, Félix Díaz Martínez, Juan Ángel Mairal, Carlos Bartolomé Marín, Javier Hurtado, Carlos María Juárez Colera, Mercedes Caballero y Gerardo Luis Gavilanes.
Las declaraciones comenzarán el 22 de este mes, cuando está citado Cortabitarte, seguirán los días 23, 26 y 27, y concluirán el 28, con González Marín.
MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA CURVA
El juez, que ha estado recibiendo en las últimas fechas informes periciales que inciden en que no había suficientes medidas de seguridad en la curva de A Grandeira, donde se produjo la tragedia ferroviaria, ya había imputado en su día a directivos de esta compañía pública.
Una imputación que levantó el órgano de apelación y que supuso que la instrucción judicial retornase al punto en el que se encontraba a los cuatro días del accidente, con el conductor, -que no redujo la velocidad del convoy-, acusado de homicidio imprudente.
No obstante, no quedó cerrada la puerta a que se siguiese investigando para comprobar si en ese tramo situado a la altura del barrio compostelano de Angrois, con una reducción drástica de velocidad de 200 a 80 kilómetros por hora, se necesitaban medidas adicionales de seguridad y así quedaba determinado por consenso técnico, puesto que en caso contrario tal apreciación sería "prematura y carente de base suficiente".
El juez instructor Luis Aláez, que apura esta investigación puesto que en breve ocupará su nueva plaza en el juzgado de lo penal número uno de la ciudad de Compostela, ha seguido desde un inicio una línea de investigación que apuntaba a una causa múltiple y no únicamente al despiste del maquinista, que relevó a otro compañero en Ourense.
Así, afirma ahora en este auto que la instalación de la seguridad implantada en la vía en la que se produjo el siniestro para eliminar "el peligro" que representa la curva de A Grandeira "no es la exigible y adecuada con arreglo a las pautas técnicas consolidadas" recogidas en la normativa del sector.
En opinión de Aláez, debió protegerse el paso por este tramo con un sistema que supervisase "de modo constante" la velocidad del tren (Ertms) y, de no haberlo hecho, habría que suplir la ausencia de esa instalación con otra que, para mantener el correcto nivel de protección, requería de una innovación o cambio normativo.
"Como reiteradamente se ha dicho -suscribe Luis Aláez- ni se instaló Ertms hasta después de la curva de A Grandeira ni se suplió su falta por otra instalación de seguridad, adoptándose una solución que constituye una infracción de las normas de seguridad ferroviaria".
En el auto se recoge la opinión de los peritos que sostienen que la desconexión del sistema Ertms (un método automático de frenado en caso de que el tren supere el límite de velocidad) "parece que ha supuesto degradar la seguridad".