El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la condena a 25 años de cárcel impuesta a Leonardo V. J., el denominado 'carnicero tatuador' de Valdemoro, por asesinar y descuartizar en octubre de 2019 a una joven de 18 años de Valdemoro.
Así consta en una sentencia, en la que los magistrados desestiman los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que condenó a Leonardo.
La Sala rechaza tanto el recurso formulado por la representación del condenado, por el supuesto quebrantamiento de garantías procesales. También desestima el recurso de la acusación particular, que apelaba en su caso la absolución de Celia B. M., quien fue juzgada en el mismo procedimiento por el delito de encubrimiento. Fue exonerada por el jurado popular que enjuició el crimen.
El macabro asesinato de Emilce se produjo la noche del 15 de octubre de 2019. Fue la exnovia del acusado quien alertó a la Guardia Civil de que le había ayudado a deshacerse de un cadáver. El joven, de 27 años, vivía en un chalet en la calle Francia de Valdemoro y se hacía llamar en redes 'The Butcher' (carnicero).
Durante el juicio, Leonardo se mostró impasible y atento al relato de los testigos y familiares de la joven. Entre sus manos esposadas, solía sujetar una carpeta en la que se podía leer su apodo. En una sesión, el padre de la joven no aguantó el relato de los agentes acerca del escenario terrorífico que hallaron en la vivienda e increpó al asesino de su hija.
El alto tribunal madrileño confirma 'en todos sus extremos' la resolución de la Sección 17¬ de la Audiencia Provincial en la que se reflejaba que durante la vista, que fue seguida por un Tribunal Popular, quedó suficientemente acreditado que el condenado, tras matar a su víctima, mutiló "milimétricamente" su cadáver, motivado por un "desprecio por su condición de mujer".
La sentencia original también impuso para Leonardo V. libertad vigilada durante diez años a cumplir tras la liquidación de la pena de cárcel, y la indemnización a los padres de la fallecida en 102.852 euros, y a su hermana en 46.248.
Esta resolución aún no establece la firmeza de la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, dado que aún cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la competente en asuntos de naturaleza jurídica penal.