El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares, encargado de juzgar a la Infanta Cristina y a los otros 17 procesados del caso Nóos, resolverá antes del 9 de febrero si aplica la doctrina Botín sobre la hermana del Rey Felipe VI y evita de este modo que sea juzgada por los dos delitos fiscales que le atribuye Manos Limpias. Ello no ha impedido, sin embargo, que en esta primera jornada del juicio, celebrada este lunes, se sentase en el banquillo de los acusados.
La sesión ha finalizado a las 22.00 tras más de diez horas, durante las cuales las partes han aportado nuevas pruebas y han dado a conocer sus propuestas. Justo al término de la jornada, la Sala ha informado a las partes de que será antes del 9 de febrero cuando se reanude el juicio con el interrogatorio de los acusados, cuando decida si atiende a la petición de la defensa de la Infanta y la Fiscalía Anticorrupción de que le sea aplicada la anterior doctrina.
Durante su intervención, el fiscal Pedro Horrach ha subrayado que "la única respuesta judicial posible" para la Infanta es el archivo de su imputación, al aseverar que "la Fiscalía, que representa al Estado, y Hacienda, aquí supuestamente perjudicada, han determinado que no hay hechos que la inculpen". Asimismo, ha subrayado que "no es posible orillar" la aplicación de la Ley en este sentido "amparándonos en la manida frase 'Hacienda somos todos'".
Más en concreto, se ha referido al artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que insta a archivar las pesquisas para quien así lo solicitan Fiscalía y acusación particular. De hecho, tal y como ha abundado, el artículo 124 de la Constitución "otorga al Ministerio Fiscal la misión de defender la legalidad, y ello incluye el cumplimiento del artículo 782 de la LeCrim en sus estrictos términos".
Para reforzar sus alegatos, el fiscal ha expuesto un caso "idéntico" al de la Infanta, en el que la Audiencia Provincial de Vizcaya determinó que la acusación popular no podía por sí sola abrir el juicio oral contra las personas que no eran objeto de acusación ni por el Ministerio Fiscal ni por la acusación particular a raíz de la supuesta comisión de un delito contra la Hacienda pública.