María Luisa, una vecina de Carabanchel, lleva dos años viviendo en el sofá de unos amigos. Tenía un piso alquilado, pero cuando se le acabara el contrato a su inquilina, pretendía quedarse en su casa a vivir. No le ha sido posible porque se ha quedado en la casa sin pagar un solo euro desde el mes de abril de 2020.
"Ni la renta, ni el alquiler, ni el agua, ni la calefacción". Ahora, María Luisa tiene que asumir una deuda que asciende a 17.000 euros. Además, la Comunidad le ha denunciado por impago. Su 'inquiokupa' lleva denunciada desde el 1 de agosto de 2020, momento que expiró el contrato.
Sin lugar a dudas, María Luisa se siente indignada, impotente y humillada ante esta situación por la que ya no sabe qué hacer. "A mí me parece muy bien que la Constitución Española, como bien dice, que tenemos el derecho a una vivienda digna, pero evidentemente no a costa de las personas que hemos gastado 20 años de nuestra vida con nuestro esfuerzo para que luego venga una persona y te la quite".
En estos momentos, María Luisa se está medicando por esta situación y muchas noches se tiene que tomar una pastilla para poder dormir. Lo que quería su 'inquiokupa' era que la renovase el contrato, pero como no lo hizo, le dejó de pagar. Un equipo de Madrid Directo intenta hablar con ella sin éxito.
¿Qué debemos hacer cuando nuestro inquilino no nos paga el alquiler?
El abogado Alberto García Cebrián nos contó cómo actuar en estos casos. Nos aseguró que, para evitar este tipo de situaciones, se recomienda poner en el contrato de alquiler que el inquilino se obliga a poner los suministros a su nombre, incluso pudiendo dejar constancia de que, en el caso de que no lo pague en un plazo determinado, se autoriza a la propiedad a dar de baja el suministro.
En el caso de que en el contrato de alquiler no haya la obligación de que el inquilino ponga los suministros a su nombre, el propietario no puede dar de baja el suministro y si le denuncia, el inquilino o incluso el okupa ilegal, podría incurrir en un delito de coacciones. Sin embargo, el propietario no puede cortar el suministro, pero sí que puede dejar de pagar los recibos para que en todo caso la compañía acabe cortando por impago.
En el momento de la recuperación de la posesión del inmueble, ya sea extrajudicialmente o en proceso judicial, cabe la posibilidad de realizar una denuncia por la comisión de un delito de daños. Siempre existe la posibilidad de reclamar las cantidades adeudadas del alquiler y las de los suministros que estén a nombre del propietario, así como desperfectos.