El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este fin de semana que, pese al adelanto electoral, tiene la intención de aprobar algunas medidas, entre ellas el subsidio para mayores de 52 años.
Tras este anuncio, en Madrid Trabaja hemos querido despejar todas las dudas que nos hacéis llegar a través de los distintos canales de participación, también durante la emisión del programa en directo a través de la etiqueta #MTMayores52.
Cuestiones como los requisitos de acceso al futuro subsidio, cuándo se aprobará, cuándo se podrá solicitar…Todas ellas se las hemos trasladado al director general del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), Gerardo Gutiérrez.
Entre las muchas preguntas que ha respondido, Gerardo Gutiérrez ha confirmado que se eliminará el requisito de los 90 días cotizados antes de la solicitud de la prestación. Se mantiene, eso sí, que los beneficiaros deben haber cotizado durante su vida laboral al menos 15 años.
Puedes escuchar la entrevista que hemos realizado al responsable del SEPE si bien recogemos un resumen de lo que nos ha contado:
- ¿Tenemos claro en qué Consejo de Ministros se aprobará mediante decreto ley el subsidio para desempleados mayores de 52 años?
Aún la fecha no está fijada. No necesariamente en los dos próximos Consejos de Ministros porque después, lo puede convalidar en la Diputación Permanente
- ¿Podría ser que se rechazase el subsidio en esa Diputación Permanente?
Nosotros tenemos la confianza, y por las conversaciones que mantenemos con los grupos políticos, de que tendría el apoyo. El subsidio para mayores de 52 años es una medida social tan potente que afectaría a un colectivo tan importante que difícilmente los grupos políticos pueden votar en contra de esta medida.
- ¿Se incluirá en el Real Decreto las cotizaciones para las cuidadoras profesionales o el plan de lucha contra el paro de larga duración?
Efectivamente la cotización a la Seguridad Social de las personas cuidadoras de familiares enfermos o dependientes se aprobará antes de las elecciones. Se está barajando que, por un lado, se apruebe un Real Decreto con medidas laborales y en otro aparte, todas las medidas que tienen que ver con la Seguridad Social. Otra cosa es el plan de lucha contra el paro de larga duración que no necesita aprobarse en un Real Decreto ni debe ser convalidado por el parlamento.
- ¿Junto al subsidio, se podría incluir en el Real Decreto la derogación de una parte de la Reforma Laboral de 2012?
La Ministra ha confirmado que esa derogación de las medidas más perniciosas de la Reforma Laboral de 2012 se aprobará en un próximo Consejo de Ministros. Aún se está barajando si irá en el mismo que el subsidio para mayores de 52 o no.
- Una vez que el Consejo de Ministros lo apruebe, se publicará en el BOE y ¿será a partir de ese momento podrán acudir las personas beneficiarias a solicitarlo a su oficina del SEPE?
Aquellas personas que crean cumplir los requisitos ya podrán acudir su oficina de empleo y el SEPE tiene un servicio de atención telefónica donde podrían llamar para resolver sus dudas.
- ¿Y si la Diputación Permanente rechazase el decreto, qué ocurriría con las personas que lo hayan solicitado?
Esperamos que no porque sería una grave irresponsabilidad que los grupos políticos rechazasen esa medida. Si eso ocurriera, todas las solicitudes que se hayan presentado en ese periodo, se tramitarán y se mantendrá ese derecho lógicamente.
- ¿Se va a mantener el tiempo de 15 años de cotización para optar al subsidio para mayores de 52 años?
Lo que vamos a hacer es recuperar todos los requisitos que existían antes de la Reforma Laboral de 2012 y entre ellos, se establecía que las personas interesadas debían tener un mínimo de cotización a la Seguridad Social de 15 años y de ellos, un mínimo de 6 años de cotización al desempleo. Se eliminará además la obligación de trabajar durante tres meses antes de solicitar esa ayuda, bastará con estar inscrito como demandante de empleo ininterrumpidamente inscritos desde la última situación de desempleo o agotamiento de la prestación.
- En cuanto a la renta familia ¿la jurisprudencia ha modificado los criterios?
Así es, ya no se van a computar los ingresos de la unidad familiar sino de la renta personal de los solicitantes.
- ¿Podrán acogerse al subsidio para mayores de 52 años los autónomos?
Por ejemplo, un autónomo que lleve quince años cotizados en el RETA, no cumplirá los requisitos para optar al subsidio. Otra cosa es una persona que recibió la prestación por desempleo, después haya trabajado unos meses como autónomo o empleado de hogar y lo ha dejado, podría recibir esa ayuda.
- ¿El subsidio se cobrará íntegramente aunque se haya trabajado en tiempo parcial? ¿Eso beneficiará a los que cobran el actual subsidio para mayores de 55 años?
Existen 12.000 personas que cobran el subsidio de mayores de 55 parcialmente y de oficio, empezarán a cobrar el subsidio íntegro en cuanto entre en vigor el decreto ley. Además, los actuales beneficiarios empezarán a cotizar el 125% para la jubilación en lugar del 100% que lo hacen ahora.
- La medida cuesta 388 millones de euros al año, ¿hay dinero para pagarlo?
El Sistema Estatal de Empleo goza de buena salud en este sentido y tenemos la previsión presupuestaria hecha para afrontar este gasto. Podemos estar tranquilos.
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