El Fiscal pide procesar por allanamiento solo al jefe de los policías de la 'patada en la puerta'
"No buscamos venganza, sino demostrar que en España existen derechos fundamentales", asegura el letrado del inquilino querellante, Juan Gonzalo Ospina
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REDACCIÓN / EFE
El titular del Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid ha trasladado este viernes a los 6 policías que entraron a la fuerza en un piso de la calle Lagasca de Madrid, en el que había una fiesta en plena pandemia, que ve indicios sólidos de un delito de allanamiento de morada.
Ocurrió en un piso del barrio de Salamanca, durante el confinamiento. El juez que investiga la entrada mediante "la patada en la puerta" en un piso de la calle Lagasca de Madrid el 21 de marzo de 2021 ve indicios sólidos de un delito de allanamiento de morada.
La Fiscalía ha propuesto procesar por un delito de allanamiento de morada al subinspector que estaba al mando del grupo de agentes que entró a la fuerza en una vivienda de la calle Lagasca de Madrid porque había una fiesta en plena pandemia, y absolver a los otros cinco agentes imputados.
En la misma vista, la acusación ha pedido que declare como testigo el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, quien defendió públicamente a los agentes que intervinieron en la operación.
Por su parte las defensas de los agentes han mantenido que cumplieron la ley y fueron las personas que estaban en la fiesta las que cometían un delito flagrante, mientras el letrado del inquilino denunciante ha mantenido que los agentes incurrieron en un delito de allanamiento de morada al entrar tirando la puerta con un ariete.
Ambas partes han solicitado diferentes diligencias: desde la acusación que ejerce el inquilino del piso se ha propuesto -entre otros puntos- la testifical de la mujer del subinspector imputado porque es administradora de una empresa en la que este agente ha dado clases "conociendo fehacientemente sus nociones de derecho penal", han precisado fuentes del despacho Ospina Abogados.
Los letrados de los agentes han pedido por su parte que declaren vecinos afectados por las fiestas que se hacían en el piso, las personas que firmaron el contrato de alquiler, que no está registrado oficialmente ni tiene firmas, y justificantes del pago de ese arrendamiento.
A la puerta de los juzgados de Plaza de Castilla han acudido representantes del Sindicato Unificado de Policía (SUP) para expresar su apoyo a los agentes imputados, que han subrayado que poco antes de esa intervención hubo una orden de la Dirección de la Policía para intervenir en las fiestas y el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, defendió la actuación. "El ministro entonces lo vio así, como todos los vimos: una actuación conforme a derecho", porque "se estaba cometiendo un delito grave de resistencia y desobediencia", ha dicho el portavoz el SUP, Carlos Morales.
Morales ha confirmado, a preguntas de los periodistas, que había una orden de la Dirección Adjunta Operativa (DAO) de la Policía Nacional "en la que se solicitaba que se aumentara la actividad policial" y "que se controlen más los apartamentos turísticos", que es lo que le pareció a los agentes el piso de Lagasca.
Ha relatado que vecinos del inmueble llevaban tres semanas quejándose de las fiestas que se hacían en ese piso y que los agentes estuvieron treinta minutos pidiendo a los congregados que abrieran la puerta para identificarse, lo que supone la diferencia entre una falta por resistencia o desobediencia y el delito. "Si en diez minutos hubieran salido no sería delito", ha añadido el portavoz sindical.
"Bajo ningún concepto querían entrar en el piso salvo que se cometiera un delito grave y flagrante, como aconteció", ha sostenido el portavoz sindical, que ha subrayado que algunos de los partícipes de la fiesta pudieron incurrir en delito de coacciones porque había cinco jóvenes que sí querían salir a identificarse, y además en un delito de lesiones porque algunos vecinos tuvieron que tomar medicación por las molestias que les causaban los ruidos.
Ha precisado igualmente que antes de usar el ariete para romper la puerta los agentes intentaron abrir mediante el método del resbalón -insertando un plástico duro- y también rompiendo el bombín, pero no surtió efecto.
Por su parte el letrado del inquilino querellante, Juan Gonzalo Ospina, ha puesto de releve que la Audiencia Provincial de Madrid ya determinó que los asistentes a la fiesta no cometieron delito, por lo que no había derecho a entrar, y ahora se trata de dirimir una cuestión compleja: si hubo "error de tipo o error de prohibición", es decir, si los agentes pudieron interpretar mal las instrucciones o si desconocían que incurrían en un delito. "No buscamos venganza, sino demostrar que en España existen derechos fundamentales", ha aseverado.