El visionado de las grabaciones en el juicio contra los seis agentes de la Policía Nacional que accedieron con una ariete en un piso de la calle Lagasca en 2021 ha llevado al inquilino, a través de su abogado, a retirar la acusación a cuatro de los seis policías por cumplir "órdenes erróneas" para acceder a la fuerza al inmueble para disolver una fiesta ilegal en pandemia.
El juicio ha dado un giro por completo con este anuncio que se ha hecho público en las conclusiones finales, que serán informadas este viernes por las partes a los nueve miembros del jurado popular. Además, la fiscal Inmaculada Sánchez ha retirado el delito de allanamiento de morada del que les acusaba, del que no les exigía responsabilidad penal.
Tras las modificaciones en los trámites de conclusiones, el presidente de la sección ha ordenado a estos policías que se levantasen del banquillo de los acusados al no tener ninguna acusación en su contra. Los policías han abandonado la Sala emocionados tras su absolución 'in situ' sin necesitad de dictar sentencia.
La modificación penal llevada a cabo por el abogado Juan Gonzalo Ospina, que defiende al inquilino, se produce tras el visionado este jueves de los vídeos de la intervención que muestran que estos agentes cumplían a su juicio órdenes erróneas del jefe de operativo. "Hay que retirar la acusación al concurrir un error de convicción invencible porque actuaron conforme al error producido por los mandos del operativo", ha detallado como avance al informe.
En cambio, mantiene la acusación sobre el subinspector y otro subordinado al ser los responsables de la intervención, los que grabaron con cámaras personales y los más proactivos en la actuación desarrollada en la madrugada del 21 de marzo de 2021. Para ellos, solicita dos años y medio de cárcel y seis años de inhabilitación absoluta.
No obstante, de forma subsidiaria pedirá que se les condene, si hubiera dudas sobre el dolo, a un año y tres meses de cárcel y tres años de inhabilitación al considerar que actuaron bajo un error de prohibición vencible, ya que podrían haber llamado a un superior para saber si su decisión era errónea.
Asimismo, el letrado ha solicitado la nulidad de los vídeos, rechazada por el presidente, y que se deduzca testimonio contra los policías que grabaron las intervenciones por un delito de revelación de secretos. En el trámite de conclusiones, la fiscal ha retirado el delito y ha solicitado la absolución de los policías al estimar que los hechos no son constitutivos de delito.
La fiscal imputaba inicialmente a los agentes un delito de allanamiento de morada, aunque les eximía de responsabilidad penal alguna, ya que entendía que la actuación del jefe del operativo fue imprudente, un extremo no recogido por el Código Penal.