Este jueves 31 de agosto finaliza el plazo para solicitar las ayudas promovidas por la Agencia para el Empleo del Ayuntamiento de Madrid para fomentar que autónomos o empresas con menos de 250 trabajadores, con domicilio social o centro de trabajo ubicado en la capital, puedan contratar a personas desempleadas.
El Ayuntamiento de Madrid destaca en un comunicado que, con esta iniciativa puesta en marcha a través del área de Economía, Innovación y Hacienda, el Consistorio “reafirma” su “compromiso” de impulsar el empleo brindando nuevas oportunidades a quienes más lo necesitan, a la vez que incentiva el emprendimiento y el crecimiento empresarial en la ciudad.
Las ayudas, que se podrán solicitar hasta el día 31, consisten en una cantidad económica que se percibirá en tres supuestos: el primero, por cada contratación a jornada completa o parcial; el segundo, por modificaciones que supongan un incremento de jornada laboral; y el tercer supuesto, por renovaciones de contratos laborales, incluyendo el mantenimiento del empleo de personas afectadas por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), con una duración mínima de seis meses.
Cada empresa o autónomo podrá solicitar subvenciones para un máximo de diez trabajadores, tomando en cuenta las contrataciones, modificaciones o renovaciones realizadas a partir del 1 de septiembre de 2022 y hasta el 1 de marzo de 2023. La cuantía de las ayudas variará según la modalidad contractual solicitada.
Para nuevas contrataciones a jornada completa, la ayuda será de 3.000 euros, y esta cantidad se incrementará en un 40% si la contratación se realiza con mujeres, personas mayores de 45 años o personas con una discapacidad mínima del 33%, alcanzando un total de 4.200 euros.
Para las contrataciones a jornada parcial, con una duración igual o superior a 20 horas semanales, la subvención será de 1.450 euros, aumentando igualmente en un 40% en los supuestos anteriores, hasta 2.030 euros.
REQUISITOS PARA SOLICITAR ESTAS AYUDAS
El Ayuntamiento destaca que la duración mínima de los contratos que quieran optar a las ayudas será de seis meses, y la jornada laboral tendrá que superar las 20 horas semanales. Además, la entidad empleadora deberá asegurarse de que las personas contratadas estén empadronadas en la ciudad de Madrid en el momento de la firma del contrato.
Este requisito será verificado por la Agencia para el Empleo mediante consulta al Padrón Municipal de Habitantes. Las solicitudes se presentarán al menos seis meses después de la fecha de contratación, modificación, renovación o reincorporación.
El plazo de solicitud finaliza el 31 de agosto. El trámite puede realizarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
En el caso de personas físicas que no estén obligadas a relacionarse con la Administración Pública por medios electrónicos y que opten por no realizar la presentación telemática, podrán efectuar el trámite de forma presencial en las oficinas de registro municipales.