El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado la tercera hora de Educación Física en la Comunidad de Madrid rechazando así el recurso presentado por la Federación Regional de Enseñanza de CC.OO. contra el decreto de implantación.
En concreto, el sindicato consideraba que dicho decreto afectaba a las condiciones del profesorado puesto que la implantación de la tercera hora de Educación Física supondría una disminución de horas en determinadas asignaturas.
Esto conllevaba, según CCOO, un deterioro de las condiciones de trabajo e, incluso, una baja de profesores especializados que no compensaría la supuesta contratación de docentes extraordinarios para Educación Física. Todo ello, además, sin haber realizado negociación colectiva previa.
Por el contrario, el TSJM ha dado la razón al Gobierno regional que defendía que el decreto no supone ni innovación, ni modificación de la normativa aplicable o los acuerdos firmados respecto a las condiciones de acceso, competencias, nivel, salario y complemento del profesorado, según ha avanzado el diario 'La Razón' y han confirmado a Europa Press fuentes de la Consejería de Educación.
En este sentido, el fallo señala que "el presente decreto no incluye una regulación en sentido estricto sobre la jornada o sobre los horarios que puedan incidir en las condiciones de trabajo, ni altera o modifica la jornada laboral o los horarios".
Recuerda a su vez que el decreto cumple lo establecido en la norma básica, pues todos los alumnos además de cursar de forma obligada una materia específica en el primer curso de ESO, dos en segundo curso de ESO y una en tercer curso de ESO, se da la opción de cursar una segunda o tercera materia específica, según el curso, o bien una materia de libre configuración autonómica.
También indica que el objeto del decreto se centra exclusivamente en modificar el currículo escolar para incrementar una hora la asignatura de Educación Física por razones de interés público, "puesto que luchar contra la obesidad infantil es el fin que avala la reforma".
De este modo, concluye que la materia que regula no forma parte de aquellas objeto de negociación, pues se trata de una normativa que afecta exclusivamente a la organización educativa y que se limita incluso a una alteración puntual del periodo lectivo asociado a la asignatura de Educación Física.