Carles Puigdemont podrá volver a España a partir del momento en que la ley de amnistía que pacta con el Gobierno quede aprobada y entre en vigor. Tendrá la opción de regresar incluso aunque el Tribunal Supremo se dirija al Constitucional a través de una cuestión de inconstitucionalidad que paralice la aplicación de la medida. Ese paso dejaría el procedimiento suspendido, pero no permitiría en ningún caso ordenar su detención, según el juez José Antonio Vázquez Taín.
A pesar de tener un procedimiento abierto contra él, con la ley de amnistía “se podría mover” libremente, asegura Taín. "El juez puede plantear al constitucional la norma, pero mientras el Tribunal Constitucional no se pronuncie, salvo que suspenda la aplicación de la ley no resuelva, la ley entraría en vigor con todos los efectos. Mientras no hubiera una revocación de la ley de amnistía, entiendo que lo más garantista y los más respetuosos con los derechos de las personas es que se pueda mover", asegura.
Sobre la postura del Consejo General del Poder Judicial que lo considera "anticonstitucional", Vázquez Taín considera que su informe “sería más que suficiente del mismo modo" que cuando se manifestaron contra los efectos de "la ley del solo sí es sí”. "Si se aprueba la ley, la aplicaremos. Podemos consultar el Constitucional si es constitucional o no, pero desde luego la acataremos", asegura.
La amnistía, en función de personas o de hechos
Tras el acuerdo entre ERC y PSOE de incluir la amnistía, además de otras competencias y financiación, Junts se ha negado a aceptarlo de momento porque no incluiría casos como el de su presidenta, Laura Borrás, acusada de corrupción. "El hecho de incluir otro tipo de delitos es hacer más complejo la aplicación de la norma, lo que hará cualquier juez que tenga en su competencia una causa abierta que se incluyan hechos contemplados por la ley de amnistía es elevar una consulta la Constitucional”, explica Taín.
Sin embargo, todo dependerá de si la ley de amnistía se redacta en función de personas o en función de hechos. "Imagínense dos cargos públicos que están acusados de malversación, lo que nos quedaría es preguntarle: ¿lo hizo para luchar por la independencia o lo hizo para llevarse el dinero?. Si lo haces en función de personas, van a dejar fuera la prevaricación y la malversación, y entonces nos encontraríamos con la causa más absurda: lo hice para luchar por la independencia. Con esa sola palabra, tendremos que decir que el hecho está incluido dentro de la ley de amnistía, por lo tanto, tenemos que archivarlo".