La Ley de Partidos prohíbe a las formaciones políticas incluir en sus listas electorales a condenados por delitos de terrorismo que no hayan rechazado esos actos.
Es el punto 3-C del artículo 9 de la ley de Partidos de 2002. Según este, uno de los motivos para ilegalizar un partido politico es llevar en sus listas o en sus órganos directivos a condenados por terrorismo y que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas.
La inclusión de 44 terroristas condenados por delitos de sangre en las listas de Bildu para las elecciones municipales y autonómicas, abre el debate sobre si el partido abertzale cumple o no con la legislación vigente.
Ninguno de los siete condenados por asesinatos que se presentan por Bildu en las elecciones se ha arrepentido ni ha colaborado con la Justicia.
Desde el Gobireno, rehuyen la cuesdtión al igual que, por diferentes motivos, se hace desde la formación liderada por Otegi.
Desde la oposición reprochan que al gobierno no le "repugne" tener como socio habitual a un partido que se presenta con terroristas.
El líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, ha criticado este jueves que al PSOE no le "repugne" gobernar con Bildu, un partido que, según ha recalcado, lleva en sus listas a las elecciones municipales de mayo a quien intentó asesinar a Rita Barberá, alcaldesa de Valencia entre 1991 y 2015. En este sentido, ha retado al PSOE a condenar que Bildu "lleve en sus listas a terroristas y a personas que asesinaron a españoles".