Las empleadas del hogar podrán realizarse reconocimientos médicos y se evaluarán sus riesgos laborales
Las nuevas obligaciones de los empleadores no entrarán en vigor hasta 2026
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REDACCIÓN/AGENCIAS
El Consejo de Ministros ha aprobado extender la prevención de riesgos laborales a las empleadas del hogar, que ahora tendrán derecho a la evaluación de riesgos de su puesto y a exámenes médicos gratuitos, algo que será obligatorio para quienes las emplean y cuyo cumplimiento será facilitado por el Estado.
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha asegurado que la norma protege a "las invisibles, las que sostienen nuestras vidas, nos cuidan y, hasta hace muy poquito, carecían de derechos".
La Asociación de Empleadas de Hogar se muestra cautelosa ante las medidas de prevención aprobadas por el Gobierno
Asimismo, la nueva normativa recoge el derecho de las empleadas del hogar a realizarse un reconocimiento médico voluntario y gratuito que podrá ser único por cada persona trabajadora, aun cuando preste servicio por cuenta de varias personas empleadoras.
Para facilitar que estos nuevos derechos se materialicen y no supongan carga alguna para familias y personas empleadoras, el Ministerio de Sanidad promoverá la inclusión de la realización gratuita de los reconocimientos médicos en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
Además, se ofrecerá una herramienta gratuita elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) que facilitará a las personas empleadoras el cumplimiento de las obligaciones relativas a la evaluación de riesgos.
Igualmente, el INSST elaborará una Guía técnica para la prevención de los riesgos laborales en el trabajo doméstico y un protocolo en caso de acoso.
Se regula también el derecho de las personas trabajadoras a la paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente, sin que ello pueda entrañar ningún perjuicio para la persona trabajadora.
Además, las cuotas a la seguridad social están bonificadas hasta el 45%.
Deberes del empleador
El empleador por su parte deberá asumir la provisión gratuita de los equipos de trabajo adecuados para el correcto desempeño de sus funciones y los repondrán cuando resulte preciso.
Además, tendrá la obligación de informar y adoptar las medidas necesarias en caso de peligro grave e inminente en el hogar, supuesto en el que no podrá exigirse la reanudación del trabajo mientras persista el peligro.
La norma también recoge la prevención en caso de que el trabajo se realice mediante servicios de ayuda a domicilio, de forma que las personas encargadas de las evaluaciones de los riesgos laborales han de llevarlas a cabo mediante visitas presenciales a los domicilios donde se lleva a cabo la actividad de cuidado.
Los plazos establecidos en la norma retrasarán al menos hasta enero de 2026 la entrada en vigor de las nuevas obligaciones, ya que no serán exigibles hasta seis meses después de que el INSST tenga lista la plataforma de evaluación de riesgos, un desarrollo para el que dispone de un plazo de diez meses.