Los perros de alguna raza considerada 'potencialmente peligrosa' dejarán de tener esa consideración si superan una prueba de aptitud y los que no lo hagan no solo mantendrán esa consideración, sino que se prohibirá su reproducción.
Esa es una de las propuestas recogidas en un borrador de real decreto que desarrollará 25 artículos de la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de marzo de 2023.
El texto, redactado por la Dirección General de Derechos de los Animales, enmarcada en el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, fue enviado este viernes a las comunidades autónomas y será expuesto el próximo 17 de julio en una reunión técnica con los gobiernos autonómicos, que podrán presentar cambios al texto hasta el 31 de agosto.
El borrador fue elaborado con aportaciones y mejoras de entidades protectoras de los animales, asociaciones del sector veterinario y profesionales de la cría de animales de compañía.
Derechos Sociales plantea cambios en la situación normativa de ciertos perros. Por ejemplo, modificar la normativa vigente para los denominados como 'perros potencialmente peligrosos' con el propósito de que las razas con esta consideración puedan dejar de tenerla si el animal supera una prueba de aptitud a la que deberán someterse a los 12 meses de edad.
Esta prueba será realizada por profesionales del comportamiento animal y deberán ser inscritas en el registro de identificación del perro para que quede constancia. Los perros que no superen la prueba se considerarían potencialmente peligrosos y para ellos se prohibirá su reproducción.
CURSO Y SEGURO
Por otra parte, el real decreto plantea que las personas que opten a ser titulares de un perro de compañía tengan que realizar un curso de formación certificado por una autoridad competente. Será gratuito y tendrá una validez indefinida.
Los veterinarios y los profesionales del comportamiento animal quedan exentos de hacerlo. El plazo para realizar este curso será de seis meses desde que la norma entre en vigor.
También para perros de compañía, el borrador indica que el responsable del animal tendrá que contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros y de una cuantía de 100.000 euros, el cual tendrá que estar vigente durante toda la vida del animal, independientemente de la raza.
Habrá un plazo de seis meses desde la entrada del real decreto para contratar ese seguro. Los seguros de hogar que incluyan esta casuística serán válidos.
RESCATE DE ANIMALES DESATENDIDOS
El texto del borrador plantea además que las administraciones públicas se hagan cargo provisionalmente de cualquier animal de compañía confinado en un recinto abierto o en una finca que pueda encontrarse en situación de riesgo por no haber sido atendidas sus necesidades básicas por parte de la persona titular o responsable.
La habilitación de este procedimiento específico para rescatar animales desatendidos en fincas significa que la autoridad local competente en cada territorio podrá trasladar al animal a un centro de recogida para que sea atendido de forma provisional, mientras se tramita el procedimiento de abandono.