El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto-ley que regula las condiciones laborales de los repartidores a domicilio por parte de las plataformas digitales, la conocida como Ley de 'riders. Con la nueva ley las empresas deben contratar a estos empleados que ya no podrán ser autónomos. El Gobierno aprueba la regulación tras haber alcanzado un acuerdo con empresarios y sindicatos.
A partir de agosto la regulación del trabajo de los 'riders' tiene que ser una realidad.Una vez publicada la normativa en el BOE, las empresas de reparto a domicilio a través de plataformas digitales tienen tres meses para cumplir la ley que acaba de aprobar el Consejo de Ministros.
La vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha destacado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que esta ley "va a cambiar el signo de los tiempos" y sitúa a España en la vanguardia de la legislación internacional en esta materia, pues "no hay ningún país en el mundo que se haya atrevido a legislar sobre esto". La ley afecta a cerca de 18.000 trabajadores que a partir de ahora serán considerados asalariados y no autónomos en línea con la doctrina del Tribunal Supremo.
Empresas como Glovo, Uber o Deliveroo pueden contratar directamente a los repartidores o subcontratar a otra compañía. Los empleados tendrán que ser dados de alta en la Seguridad Social, tendrán derecho a vacaciones y baja por enfermedad. La empresa se hará cargo de las cotizaciones sociales.
Entre los 'riders' hay división de opiniones. Unos apoyan la medida. Otros rechazan la r la regulación. Coincidiendo con la aprobación en el Consejo de Ministros, las organizaciones Repartidores Unidos y APRA han protestado ante el Congreso de los Diputados, al entender que esta medida supone un "paso más hacia el precipicio que supone dejar a más de 15.000 repartidores sin empleo".