Comprobamos con casos prácticos la diferencia de penas antes y después de la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí, impulsada por el Ministerio de Igualdad.
Hasta la reforma, la agresión sexual sin penetración se penaba con entre 1 y 5 años de cárcel. Con la reforma, las penas van entre 1 y 4 años.
En los casos en los que hay penetración, la horquilla de penas varía así: hasta la reforma, era de entre 6 y 12 años. Con la nueva ley, varía entre 4 y 12 años de cárcel.
En las tentativas de agresión, por su parte, la pena mínima hasta la reforma era de 3 años y ahora es de 2 años.
Un ejemplo en Madrid es el caso del profesor de inglés acusado de abusos a menores. La figura penal de abusos ya no existe en la nueva ley, por lo que la Audiencia provincial ha rebajado 5 años la pena impuesta y el condenado ha quedado libre.
Caso similar en Ourese, donde un hombre acusado de intento de violación ha salido de la cárcel porque ese delito se pena ahora con entre 2 y 4 años.
En Baleares, la Audiencia Provincial ha ordenado la excarcelación de dos presos que cumplían 3 años de cárcel por dos agresiones sexuales sin penetración. Con la nueva ley sus penas estaría cumplidas al pasar el límite mínimo de 6 a 3 años.
Casos similares ocurren ya en casi una docena de casos en nuestro país repartidos por distintas Comunidades autónomas. Los expertos aseguran que, con la literalidad del texto en la mano, no hay otra opción.
La ley penal tiene efectos retroactivos no solo para quienes están pendientes de juicio, sino también para los que ya cumplen condena.