Afectados por la okupación se han concentrado para pedir soluciones en el Paseo de la Chopera. Aseguran que se trata de un problema que no deja de crecer y que se está tratando como un colectivo de vulnerabilidad a quien no lo es. Un equipo de Madrid Directo conoce la historia de los padres de Pilar, Paloma y Yolanda, entre tantos.
Pilar nos cuenta que sus padres, a sus 80 años, tuvieron que alquilar su vivienda para poder pagarse una residencia y, después de un año y medio, no consiguen echar a sus inquilinos que dejaron de pagarles tras el decreto ley del Gobierno donde se suspenden los juicios por desahucio y los lanzamientos.
Para hacer frente a los pagos de la residencia, los padres de Pilar se han gastado absolutamente todos los ahorros de toda una vida y sus hijos tienen que echarles una mano para que puedan seguir viviendo. "La justicia es muy lenta con estos casos, servicios sociales no les da una vivienda social, aunque está pedida, y todo va en contra nuestra, no tenemos ninguna ayuda".
Paloma alquiló a un matrimonio su casa. Entre unas cosas y otras, la mujer pidió una orden de alejamiento al marido por presunto maltrato y ahora su inquilina lleva en su casa sin pagar el alquiler tres años.
Yolanda también lleva tres años con una inquiokupa en su vivienda. Según nos cuenta, consiguió la vulnerabilidad y le han ofrecido un recurso habitacional que ha rechazado por tener gatos. "Estamos tirados en la calle, nos estamos desangrando y ninguna administración está haciendo nada por nosotros".
Desde el Ayuntamiento nos dicen que los servicios sociales cumplen con lo que se pide desde los juzgados y que los informes se realizan con la mayor objetividad. En cualquier caso, declaran existe la oficina antiokupación a la que pueden dirigirse las personas que lo necesiten.
¿Qué debemos hacer cuando nuestro inquilino no nos paga el alquiler?
El abogado Alberto García Cebrián nos contó cómo actuar en estos casos. Nos aseguró que, para evitar este tipo de situaciones, se recomienda poner en el contrato de alquiler que el inquilino se obliga a poner los suministros a su nombre, incluso pudiendo dejar constancia de que, en el caso de que no lo pague en un plazo determinado, se autoriza a la propiedad a dar de baja el suministro.
En el caso de que en el contrato de alquiler no haya la obligación de que el inquilino ponga los suministros a su nombre, el propietario no puede dar de baja el suministro y si le denuncia, el inquilino o incluso el okupa ilegal, podría incurrir en un delito de coacciones. Sin embargo, el propietario no puede cortar el suministro, pero sí que puede dejar de pagar los recibos para que en todo caso la compañía acabe cortando por impago.
En el momento de la recuperación de la posesión del inmueble, ya sea extrajudicialmente o en proceso judicial, cabe la posibilidad de realizar una denuncia por la comisión de un delito de daños. Siempre existe la posibilidad de reclamar las cantidades adeudadas del alquiler y las de los suministros que estén a nombre del propietario, así como desperfectos.